MADRID. Una vez resuelto este asunto, el tribunal comenzará a estudiar el incidente de ejecución presentado por el Gobierno contra las decisiones del Parlamento catalán que permitieron ayer la votación y aprobación de la ley de referéndum de autodeterminación para el 1 de octubre.

Existen antecedentes de recusación total de todo el tribunal que fueron inadmitidas de plano y no paralizaron por lo tanto la acción de este órgano. La cuestión es resuelta por el propio tribunal recusado porque sus magistrados no tienen sustitutos y la ley no prevé la formación de ningún órgano especial integrado por personas ajenas a esta institución.

ANTECEDENTES

El tribunal ya fue anteriormente recusado en su totalidad por el abogado murciano José Luis Mazón en relación con una condena que impuso el Tribunal Supremo en 2004 a once de los magistrados del TC por la inadmisión arbitraria de un recurso.

La condena fue recurrida en amparo por los propios miembros del Constitucional y este letrado les recusó al considerar que no podían ser juez y parte de este asunto, pero su petición se rechazó de plano por el propio Pleno del tribunal de garantías y el amparo fue finalmente concedido en 2013.

En su escrito, Forcadell no pedía pide que los magistrados se aparten por su falta de parcialidad en ninguna causa concreta ,sino que solicitaba expresamente que no pudieran adoptar las medidas previstas en artículo 92.4 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional, que fue reformado en 2015 para dotar a este órgano de instrumentos para poder hacer cumplir sus resoluciones.

Entre éstos instrumentos se encuentra la posibilidad del TC de imponer multas por desobedece sus sentencias, deducir testimonio a la Fiscalía respecto de las personas que incumplan sus resoluciones para que se estudie si han cometido delito -como puede ser el de desobediencia, que se vería entonces en un juzgado ordinario- o incluso suspender cautelarmente en sus funciones a los responsables de dicho incumplimiento.