Cada vez restan menos tachones en el calendario para alcanzar una fecha señalada en rojo por el independentismo catalán. Los soberanistas han puesto toda su maquinaria en marcha para organizar una convocatoria que tildan de “histórica” para el futuro de Catalunya. Las recurrentes peticiones de diálogo a Madrid han caído en saco roto y han desembocado en una llamada a las urnas de manera unilateral. El Estado no le otorga ninguna validez a la cita, por lo que el 1-O tiene el riesgo de convertirse en un simple déjà vu del 9-N, el proceso participativo celebrado en 2014 en el que 2,3 millones de catalanes depositaron su voto.
Los impulsores de la cita no quieren que eso suceda, por lo que han fijado unos cimientos más estables para tratar de evitar que el edificio sea declarado en ruinas. La principal herramienta es la Ley del Referèndum d’Autodeterminació, presentada a bombo y platillo en el Teatre Nacional de Catalunya, que se adjudica a sí misma una posición preeminente ante cualquier otra ley, incluyendo la Constitución española. El texto, que no establece un quórum ni una mayoría reforzada del sí para declarar la desconexión, presenta varios agujeros que no terminan de resolver incógnitas, algunos de ellos causados a propósito para dificultar todo tipo de recurso o intervención por parte del Gobierno español.
A priori la convocatoria de un referéndum de estas magnitudes es una decisión puramente política. No obstante, también inciden otras cuestiones de carácter técnico y logístico que se deben asegurar para el correcto desarrollo de una votación plenamente democrática. Algunos de esos detalles son de verdadero calado. ¿Quién podrá votar? ¿Dónde tendrá que hacerlo? ¿Cómo se van a conformar las mesas? ¿Quién lo supervisará todo?
El censo
Saber quién puede ejercer el derecho al voto y quién no es una premisa básica de cualquier votación que se precie. Por ello, el censo electoral es el primer recurso del que hace falta echar mano para concretar el número exacto de ciudadanos llamados a las urnas. La Ley del Referèndum d’Autodeterminació establece que tienen derecho a votar todas aquellas personas que también lo tengan en unos comicios autonómicos al uso, incluyendo a los catalanes residentes en el extranjero que soliciten tomar parte.
El principal escollo para las intenciones de los soberanistas reside en que el censo electoral es responsabilidad directa del Instituto Nacional de Estadística (INE), un organismo dependiente del Ministerio de Economía y, por tanto, en manos del Estado. Cuando se celebran unas elecciones, la lista se pone a disposición de la Junta Electoral correspondiente, pero siempre y cuando la convocatoria esté avalada por el Congreso y rubricada por el presidente del Gobierno español e incluso por el rey. La conocida postura de Rajoy, radicalmente opuesta al 1-O, hace que las opciones de disponer del censo del INE queden reducidas a bicarbonato.
En todo caso, la Generalitat puede impulsar mecanismos alternativos para crear una especie de censo propio, por ejemplo, accediendo a los datos del padrón de los ayuntamientos. De hecho, la Administración catalana tiene su propio Instituto de Estadística, llamado Idescat, que dispone de información de toda la población. Sin embargo, la complicación no es tanto el acceso a los datos como su utilización. Emplear esa información podría infringir la legislación española e incluso normas europeas, un extremo que dificultaría aún más el reconocimiento internacional del referéndum de autodeterminación.
Urnas, papeletas y sobres
Pese a que su uso está muy arraigado en otros países, las urnas de cartón que se emplearon en el 9-N fueron motivo de burla por parte de muchos actores políticos contrarios al derecho a decidir. Ahora la Generalitat no quiere volver a ofrecer esa imagen y pretende poner a disposición de los votantes urnas de metacrilato como las que habitualmente se utilizan en las citas electorales. Así, puso en marcha un concurso público -denunciado por la Fiscalía- que finalmente quedó desierto al no cumplir ninguna empresa los trámites previstos.
El fracaso del concurso público no parece haber desbaratado la hoja de ruta del Govern. Algunos medios han apuntado a que destacados dirigentes, empezando por el propio Puigdemont, han manifestado en círculos privados que las urnas ya han sido adquiridas y que permanecen ocultas para evitar que sean requisadas y zafarse por el momento de responsabilidades judiciales.
En cuanto a las papeletas y los sobres, así como los manuales de instrucciones para los integrantes de las mesas, la Generalitat ya ha adjudicado el proceso a cuatro empresas por un total de 75.000 euros. Paralelamente, ha formalizado la compra de materiales para unas eventuales elecciones autonómicas.
Mesas electorales
Como en otros procesos electorales, al menos un presidente y dos vocales deben velar para que la convocatoria se desarrolle con normalidad y comprobar la identidad de cada ciudadano que pueda y desee participar. Su designación se hará por sorteo público entre todos los menores de 70 años, aunque se pueden alegar otras circunstancias para quedar exento.
Pero, ¿qué ocurrirá si alguien no acude? Es una de las principales incógnitas que han quedado en el aire. La legislación creada ad hoc para el referéndum dice que es obligatorio, pero no hace referencia a ninguna consecuencia legal y se limita a señalar los pasos a seguir para su sustitución por un suplente, por lo que aparentemente no se prevé la aplicación de sanciones. En los procesos electorales, no presentarse en el colegio electoral puede llegar a ser constitutivo de delito, según el Código Penal.
Locales de voto
La norma que impulsa la convocatoria del 1-O fija que los ayuntamientos abrirán los colegios electorales que se utilizan normalmente. Pero no todos los consistorios catalanes están en manos de las fuerzas soberanistas, por lo que habrá determinados municipios que se nieguen a facilitar dependencia alguna. Todas las miradas se han dirigido al PSC, que conserva el poder en localidades como Lleida, Tarragona o en el área metropolitana de Barcelona. Por amplia mayoría, el partido de Miquel Iceta decidió no facilitar sus instalaciones, aunque no se descarta que pueda haber algún alcalde díscolo como el de Terrassa. En el caso de que un ayuntamiento se niegue a abrir los colegios electorales, se buscarán vías alternativas. Otros locales deberán sustituir a los centros de voto habituales, aunque todavía es un misterio qué tipo de instalaciones cubrirán esa necesidad, ya que la Generalitat no cuenta con sede en todos los municipios de la comunidad autónoma.
Agentes electorales
Una de las estrategias coercitivas que Moncloa ha puesto en marcha se ha centrado en avisar a los funcionarios del riesgo legal que supondría su colaboración en el referéndum. Podrían quedar expuestos a severas responsabilidades disciplinarias e incluso penales. Para evitar ese brete, y pese a que la Ley del Referéndum d’Autodeterminació dice ampararlos legalmente, Puigdemont ha decidido no exponer a los trabajadores públicos y recurrir a una bolsa de voluntarios.
Este recurso, el mismo que se empleó en su día en el 9-N, no ofrece más garantías para los agentes electorales, pero al menos no fuerza a los funcionarios a colaborar. En todo caso, el fiscal general del Estado, José Manuel Maza, ya advirtió en su día de que el Ministerio Público actuará contra los voluntarios si entiende que la consulta incumple la ley.
Autoridad electoral
Un proceso electoral no podría asegurar el cumplimiento de todas las garantías democráticas sin una autoridad suprema que vele por ello. Su ausencia causaría un vacío legal con el que cualquier votación perdería su reconocimiento. En este punto, los impulsores del referéndum han tenido que sortear un gran obstáculo, ya que Catalunya es la única comunidad autónoma sin una ley electoral propia y, por ende, debe aplicar la legislación española. Esta circunstancia se ha dado por la imposibilidad de los partidos para alcanzar un acuerdo desde la aprobación del Estatut en el año 1979. La Junta Electoral que regula los procesos en suelo catalán depende directamente del Estado, por lo que los organizadores del 1-O han tenido que sacarse de la manga un órgano que a priori no ofrece demasiadas garantías de independencia. La llamada Sindicatura Electoral que actuará en la consulta será elegida por mayoría absoluta del Parlament, por lo que Junts pel Sí y la CUP tienen vía libre para designar a cualquier persona para que supervise la convocatoria que ellos mismos han promovido.
Neutralidad de la Administración
La Generalitat tiene que pasar de puntillas por la convocatoria del referéndum, ya que a toda Administración se le exige ser escrupulosamente neutral para no favorecer ninguna de las opciones. Los integrantes del gabinete catalán deberán ser precavidos y no alimentar las tesis independentistas desde sus responsabilidades gubernamentales.
La imparcialidad debe ser pulcra. De hecho, la Junta Electoral ya le dio un aviso al Govern de Pasqual Maragall en la votación de la reforma del Estatut en 2006 por el mero hecho de llamar a participar. Ese mínimo detalle, por leve que sea, ya es suficiente para poner en duda la neutralidad requerida.