Bilbao - El Ministerio de Justicia español quiso restar importancia a la decisión adoptada ayer por el Tribunal de Derechos Humanos (TEDH) y aseguraba que la sentencia de Estrasburgo no pone en cuestión la condena por desobediencia contra Juan Mari Atutxa, Kontxi Bilbao y Gorka Knörr, sino que solo se cuestiona si era necesario o no celebrar una vista en la que debían haber testificado los exmiembros de la Mesa del Parlamento Vasco tras haber sido acusados de desobediencia por negarse a disolver el grupo parlamentario Sozialista Abertzaleak en la Cámara de Gasteiz.

El responsable de Justicia del Ejecutivo español, Rafael Catalá, Catalá, aseguró desde su cuenta oficial de Twitter que “la sentencia del TEDH no cuestiona la desobediencia de Atutxa a la autoridad judicial sino el hecho de no haberle dado audiencia”. Y esta es la tesis que se defendía desde el Ministerio a través de un comunicado. “La sentencia del TEDH cuestiona exclusivamente si era o no necesario celebrar una vista que incluyera la testifical de los acusados ante el Tribunal Supremo antes de dictar sentencia sobre el recurso de casación referido al fondo para cumplir los requisitos que el artículo 6, párrafos 1 y 2, del Convenio Europeo de Derechos Humanos establece para que un enjuiciamiento penal respete las garantías procesales”, señala el comunicado.

Asimismo, Justicia asegura en su nota que la sentencia condenatria contra el Estado español “no supone que no hubiera podido dictarse o pueda dictarse en su día una sentencia condenatoria por el Tribunal Supremo por delito de desobediencia, sino simplemente que habría sido o será necesario celebrar una vista con práctica de prueba testifical de los acusados antes de hacerlo”.

Justicia recuerda que el TEDH indica que el adecuado cumplimiento de la sentencia se produciría reponiendo a los acusados en la situación en la que se encontraban antes de la vulneración, omisión de su testimonio, pudiendo utilizar para ello el procedimiento de revisión de la Ley de Enjuiciamiento Criminal. - E.P./Efe