MADRID. Los dos -Alfonso Lázaro de la Torre, de 29 años, y Raúl García Pérez, de 34- han venido juntos a la sede de la Audiencia Nacional en la calle Génova sin querer hacer declaraciones a los medios de comunicación que se encontraban en la entrada.
Al decretar su puesta en libertad, pocas horas después de que se lo pidiera la Fiscalía de la Audiencia Nacional, el juez Ismael Moreno les impuso como medidas cautelares para mantenerles sujetos a la causa la entrega de sus pasaportes y comparecencias diarias en el juzgado o comisaría más próximo a su domicilio.
El magistrado admitía así el recurso de los detenidos contra el auto de ingreso en prisión que dictó el pasado sábado por un delito de enaltecimiento del terrorismo, castigado con hasta 3 años de cárcel, y otro cometido con ocasión del ejercicio de derechos fundamentales y de las libertades públicas, penado con hasta 4 años.
Cinco días después de su ingreso en prisión, la Fiscalía, representada por Pedro Rubira, y el juez rebajaron las medidas contra ellos al ver atenuado el riesgo de fuga, después de haber acreditado los detenidos "arraigo suficiente", así como el de reiteración delictiva, tras quedar incautado judicialmente todo el material empleado en el espectáculo, además de haberles sido rescindidas "sus actuaciones".
Aun así, pesan sobre ellos las acusaciones de enaltecimiento del terrorismo por el cartel de "Gora Alka-ETA" que aparecía en la obra y de incitación al odio por las escenas violentas que se representaban.
Por ello, el juez Moreno, en su respuesta al recurso, descarta que los hechos carezcan de viabilidad delictiva.
A su juicio, cualquier persona que lea las palabras "Gora Alka-ETA" que aparecían en un cartel mostrado en la obra "puede verificar que con las mismas, se está alabando o justificando bien a los autores de hechos terroristas o los propios hechos".
Y añade que el hecho de que tal exhibición se lleve a cabo "bajo la cobertura" o "con ocasión" de la escenificación de una obra con guiñoles no supone por sí mismo "una despenalización de la referida conducta".
En cuanto al otro delito, subraya que los hechos cometidos por los detenidos pueden constituir "una provocación al odio" y subraya que "la libertad de expresión no puede ofrecer cobertura al llamado discurso del odio", es decir, el desarrollado en términos que supongan una incitación directa a la violencia.
La polémica por este caso se ha extendido al Supremo, que tiene que decidir si admite a trámite la querella por prevaricación que el partido Contrapoder ha presentado contra el juez Ismael Moreno y la fiscal Carmen Monfort (que fue la que pidió el ingreso en prisión por encontrase el sábado de guardia) por propiciar el encarcelamiento provisional de los dos titiriteros.E