bilbao - La posibilidad de que el histórico portavoz de la izquierda aber-tzale, Arnaldo Otegi, pueda presentarse a las elecciones autonómicas del próximo año por una omisión en la sentencia condenatoria (no concretó a qué cargos se aplicaría su inhabilitación y la dejó así sin efecto) despertó las críticas de los colectivos más inflexibles, que han seguido de cerca el caso de las herriko tabernas para que no vuelva a repetirse ese episodio. Podrían tener éxito. La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo especificó ayer, en un auto de aclaración, la pena de inhabilitación impuesta a ocho de los condenados por financiar a ETA a través de las herriko tabernas y precisó que no podrán ocupar cargos públicos “de naturaleza política por elección ciudadana a nivel local, autónomo, estatal o supranacional”. La aclaración, a petición de Dignidad y Justicia, afectará a pesos pesados de la izquierda abertzale como Joseba Permach, Rufi Etxeberria, Juan Cruz Aldasoro, Joseba Álvarez, Karmelo Landa, Jon Gorrotxategi, Floren Aoiz y Antton Morcillo.
En un primer momento, la Audiencia Nacional los condenó a seis años de inhabilitación absoluta, lo que hubiera impedido su concurrencia electoral hasta 2021. El Supremo, no obstante, rebajó la pena el pasado mes de junio y la dejó en un año y diez meses de inhabilitación especial. Si el tribunal no hubiera concretado ayer a qué cargos afecta la prohibición, la inhabilitación hubiera quedado sin efecto, como aclaró la Fiscalía en otros casos y como sucedió con Otegi y el parlamentario vasco Iker Casanova. Pero la petición de Dignidad y Justicia ha abortado ese escenario, y los condenados quedarán inhabilitados hasta bien entrado 2017, de modo que se perderán las elecciones generales de finales de este año y las autonómicas de otoño de 2016. En cualquier caso, a pesar de la relevancia de Permach o Etxeberria en las estructuras de la izquierda abertzale, no estaba previsto ni se había hecho público que concurrieran a las elecciones. Particularmente en el caso de Etxeberria, se ha decantado tradicionalmente por el trabajo interno alejado de los focos. En cuanto a las penas de cárcel, no tendrán mayores efectos porque fueron reducidas y ya cumplieron en buena medida en prisión provisional.
DyJ pidió la concreción al Supremo después de conocer que Otegi podría presentarse a las elecciones por la falta de especificación de la condena de inhabilitación especial para cargo público en la sentencia que lo acusaba de intentar reconstruir la ilegalizada Batasuna a través de Bateragune. En su auto, los magistrados de la Sala de lo Penal explican que, en este caso, la pena de inhabilitación para cargo o empleo público no había sido solicitada por ninguna de las acusaciones al postular la de inhabilitación absoluta, que fue la que acordó la Audiencia Nacional. El alto tribunal rechaza, sin embargo, la petición de la asociación para que la inhabilitación se extienda a cualquier empleo o cargo no electivo al servicio de cualquier Administración Pública o servicio público.
ABSOLUCIÓN Por otro lado, el Tribunal Supremo absolvió ayer a Idoia Martínez García de la pena de 30 años y 3 meses de cárcel que le impuso la Audiencia Nacional como autora del asesinato en 1994 del teniente del Ejército Miguel Peralta Utrera al estallar la bomba lapa colocada en su coche cuando conducía por la autovía de Extremadura. La principal prueba que esgrimía la Audiencia Nacional contra ella eran las declaraciones prestadas en sede policial por Mikel Azurmendi, quien situó a Idoia Martínez en el comando y afirmó que fue quien colocó la bomba lapa. Sin embargo, Azurmendi se desdijo ante el juez y alegó torturas. - DNA