madrid - El Gobierno español ha dedicado guiños de calado a sus sectores más inflexibles en los últimos meses, la mayoría de ellos encaminados a que los presos, particularmente los de ETA, cumplan íntegramente sus condenas. Así, el gabinete de Mariano Rajoy se negó a descontarles la condena cumplida en Francia aunque lo haya pedido la Unión Europea, y ha impulsado la prisión permanente revisable para los delitos de terrorismo, una medida que la oposición interpreta como una cadena perpetua encubierta por mucho que se abra la puerta a estudiar la liberación del preso 25 o 35 años después de su encarcelamiento. El pasado 26 de marzo, el PP aprobó esa medida en el Congreso de los Diputados arropado por las víctimas que acudieron invitadas, entre ellas Mari Mar Blanco. En ese contexto, el PP aprobó ayer el Estatuto de la Víctima, también con damnificados en el balcón de invitados, y con un polémico artículo 13 criticado por los partidos que permite a esas víctimas recurrir la aplicación de beneficios penitenciarios a los presos e incluso su libertad condicional aunque no estén personadas en la causa. El juez de Vigilancia Penitenciaria estará obligado a informarlas y a abrir un plazo de cinco días para recibir alegaciones antes de decidir.

La oposición coincidió en tener en cuenta a las víctimas pero dudó en concederles tantas atribuciones y temió que en realidad se vaya a dificultar la reinserción de los reos. El Estatuto de la Víctima no se ciñe a los afectados por ETA, sino que es mucho más amplio y es aplicable a todo tipo de homicidios, a las agresiones sexuales o los robos con violencia. La oposición no tenía demasiado que objetar al espíritu general de la norma, pero sí al artículo 13. Ese punto detalla la participación de las víctimas en la ejecución de la pena, y les permite recurrir un amplio catálogo de decisiones del juez de Vigilancia Penitenciaria. Podrán recurrir cuando los beneficios penitenciarios, los permisos de salida y la clasificación en tercer grado afecten al límite de cumplimiento de condena, y no a la suma de las penas impuestas, es decir, cuando la medida implique reducir el tiempo de estancia en prisión del preso. También podrán recurrir la puesta en libertad condicional del acusado si el preso ha sido condenado a más de cinco años de cárcel.

Las víctimas no necesitarán abogado para anunciar la presentación del recurso, y dispondrán de cinco días de plazo. El artículo es aplicable a los damnificados por delitos de homicidio, contra la libertad, aborto forzado, lesiones, tortura y ataques contra la integridad moral, agresiones sexuales, robos con violencia o intimidación, terrorismo y trata de seres humanos. Los damnificados también podrán pedir que se impongan “medidas o reglas de conducta” a una persona en libertad condicional para garantizar su seguridad.

El espíritu de la norma se corresponde con la política cicatera del Gobierno español a la hora de conceder permisos de salida a los presos, incluso a aquéllos que se desmarcaron hace años de ETA y que han hecho autocrítica, como los agrupados en la vía Nanclares. Marcado por la presión de determinados colectivos de víctimas, el Ejecutivo, a través de Instituciones Penitenciarias, ha rechazado esas medidas. Los presos han tenido que acudir a los jueces, que en buena medida han concedido esos permisos. A pesar de la nueva norma, seguirá siendo el juez el que tenga la última palabra y podría seguir adoptando una posición flexible, por más que las modificaciones introducidas ayer pudieran suponer una presión añadida. En las últimas jornadas, el juzgado de Vigilancia Penitenciaria ha concedido un nuevo permiso de seis días al preso crítico Joseba Urrosolo Sistiaga. Las víctimas podrán recurrir esas medidas y también la libertad condicional o el tercer grado, que posibilita al preso dormir durante los fines de semana en su domicilio y, entre semana, salir a trabajar y dormir en un centro de inserción social.

encuentros restaurativos Lo más llamativo del Estatuto de Víctimas, que entra en contradicción con todo lo anterior y con la decisión del Gobierno español de congelar los encuentros entre víctimas y presos, estriba en que su punto 15 promueve los “servicios de justicia restaurativa” y la mediación entre damnificados y condenados. Según explica el texto, las víctimas podrán acceder a ese servicio con la finalidad de obtener una adecuada reparación material y moral cuando el infractor haya reconocido los hechos, la víctima y el acusado hayan prestado su consentimiento, y el procedimiento de mediación no entrañe un riesgo para la seguridad de la víctima o su integridad moral. La mediación será confidencial.

La norma cumplimentó ayer su último trámite, con el debate en el Congreso de las enmiendas introducidas en el Senado. Entrará en vigor seis meses después de su publicación en el Boletín Oficial del Estado. La oposición cargó con dureza contra los aspectos más polémicos mientras el ministro de Justicia, Rafael Catalá, mostraba su satisfacción por la aprobación de la ley y porque atender a las víctimas será ahora “una obligación y no una opción política”. Según dijo, la norma ha sido fruto del contraste con asociaciones de víctimas del terrorismo, violencia machista o accidentes aéreos, algunas de las cuales estuvieron presentes durante el debate.

Desde Izquierda Unida, Gaspar Llamazares dejó claro que defiende la presencia de las víctimas en el proceso penal, pero de forma equilibrada. “Hay que hacerles hueco, darles el protagonismo que merecen el daño y el dolor sufrido, pero sin restar capacidades al Estado”, matizó. Por parte de CiU, Jordi Jané temió las dificultades para la reinserción que puede tener el artículo 13, que “ha roto un consenso necesario”. En cuanto al PNV, Aitor Esteban juzgó “exorbitantes” las potestades concedidas a las víctimas y lamentó que se ofrezca una justicia “más retributiva que restaurativa”. Fuentes jeltzales explicaron que algunos aspectos de la ley han sido correctamente regulados, pero no les convencen varios preceptos del artículo 13. Desde el PSOE, echaron en falta una mención a las víctimas del franquismo y de la seguridad vial.

otras normas En algunos ámbitos interpretan que el PP ha abrazado el discurso de la dureza para movilizar a su electorado más conservador en un año plagado de citas con las urnas. No solo se ha mostrado inflexible en el nuevo tiempo sin ETA, sino que en general la oposición le acusa de pretender instaurar un “Estado policial”, tal y como aseguraron algunos diputados tras la aprobación de la Ley de Seguridad Ciudadana, un catálogo de sanciones por concentrarse sin autorización ante el Congreso o por grabar a policías. La norma ha pasado a conocerse como Ley Mordaza. La paradoja estribaría en que no parece haber ningún partido a la derecha del PP que le mueva a endurecer su discurso, ya que su escisión Vox se ha diluido y no logró siquiera entrar en el Parlamento europeo.

Permisos. La oposición no ve con buenos ojos el artículo 13. Permite a la víctima recurrir cuando los beneficios penitenciarios, los permisos de salida y la clasificación en tercer grado afecten al límite de cumplimiento de condena. También podrán recurrir la puesta en libertad condicional si el preso ha sido condenado a más de cinco años de cárcel. Las víctimas no necesitarán abogado para anunciar la presentación del recurso, y dispondrán de cinco días de plazo. El artículo es aplicable a los damnificados por delitos de homicidio, contra la libertad, aborto forzado, lesiones, tortura y ataques contra la integridad moral, agresiones sexuales, robos con violencia o intimidación, terrorismo y trata de seres humanos.

Medidas de seguridad. Podrán pedir “medidas o reglas de conducta” para una persona en libertad condicional al objeto de garantizar su seguridad.

Encuentros restaurativos. Se promoverán experiencias de mediación si lo desean la víctima y el acusado.