MADRID - Tras la reciente imputación de la infanta Cristina por delitos de fraude fiscal en el marco del caso Nóos, la Casa Real vivió ayer otro revuelco judicial tras conocerse la decisión del Tribunal Supremo (TS) de admitir a trámite una demanda de paternidad contra Juan Carlos I presentada por una mujer de nacionalidad belga, Ingrid Sartieau. El rey tiene 20 días hábiles para contestar a la demanda a partir de la notificación del auto de admisión.

Si antes alcanza un acuerdo se ahorrará la celebración de la vista, en la que podría estar representado por su defensa a no ser que la otra parte solicite su interrogatorio y se admita tal petición. La negativa a ser interrogado se podrá valorar junto al resto de pruebas conforme a la doctrina jurisprudencial en esa vista que si se celebra se hará previsiblemente antes del verano.

Aunque la Fiscalía se opuso a la admisión al considerar que no se acompañaba del principio de prueba que establece el artículo 767.1, los doce magistrados de la Sala Primera han entendido que concurren los requisitos legales para admitir a trámite la demanda de paternidad presentada por la ciudadana belga (sí desestimaron, en cambio, una segunda demanda por el mismo motivo), tras celebrar ayer una reunión que se prolongó durante cuatro horas.

Aunque esta decisión no supone adelantar resolución alguna sobre el fondo del asunto, sí implica que se celebrará una vista pública en los próximos meses, que podrá ser o no a puerta cerrada, e incluir o no el interrogatorio al afectado. Además, en la propia demanda se incluye una petición de prueba de ADN, prueba que la Sala deberá decidir ahora si acepta o no. Juan Carlos podría a su vez negarse a que se le practique esa prueba de ADN. Su negativa, de producirse, podría tener consecuencias que valoraría la sala junto a otras pruebas. De momento la primera diligencia que se va a producir es dar traslado a las partes, incluido el rey, a quien se emplazará para que conteste a la demanda. En caso de que se oponga a la demanda, el siguiente paso será la celebración o no de pruebas (en especial la de ADN) y, luego, un juicio ante el pleno de la Sala de lo Civil.

Juan Carlos podría o no estar obligado a estar presente en la vista, porque la demandante podría pedir que acudiera y fuera interrogado. Es práctica común en los juzgados, según el artículo 138 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, que por respeto a la vida privada de las partes este tipo de vistas sea a puerta cerrada.

Pruebas de ADN En suma: la sala dará ahora traslado a las partes, incluido Juan Carlos I, quien aceptará o no la demanda; luego decidirá si se practican pruebas (ADN) y las llevará a cabo en su caso; y finalmente celebrará vista pública, en la que podría estar obligado a comparecer el propio rey y de la que saldrá una resolución.

Además de la ciudadana belga Ingrid Sartiau también reclamó ser hijo del Rey el ciudadano español Alert Solá, pero en el caso de este hombre la Sala Civil del Supremo no ha admitido a trámite el asunto. - Efe