bilbao - El Tribunal Supremo ha absuelto, por ausencia de prueba válida, al miembro de ETA Gorka Martínez del delito de daños terroristas por el que fue condenado el pasado mes de junio a tres años y un día de prisión junto a Kepa Preciado en relación con la colocación de un artefacto explosivo en la subestación eléctrica de Iurreta. El tribunal concluye que carece de toda eficacia probatoria la declaración prestada por Martínez en dependencias policiales que se utilizó contra él en el juicio.
En primer lugar porque no fue ratificada en sede judicial, ya que el miembro de ETA negó la autoría de los hechos en el juicio. El tribunal afirma en la sentencia dada a conocer ayer que deben deslindarse “de forma ostensible las diligencias que se practican en el marco de una dependencia policial y aquellas otras que tienen lugar en un juzgado de instrucción”.
La sentencia afirma que “la dosis de constreñimiento y presión ambiental con que se realizan algunas diligencias en un recinto policial poco tienen que ver con las garantías con que se opera en el marco judicial propio del procesal penal”. Cree que, si “en un contexto inquisitivo de esta índole” se recibe una declaración policial y, a la postre, esa diligencia acaba operando como prueba de cargo, “contradice los principios sustanciales del proceso debido”. - E.P.