pamplona - José Luis de la Cuesta, catedrático de derecho penal en la UPV-EHU, deja clara su posición y aclara ciertos aspectos en torno al indulto.

¿Cómo definiría usted el indulto?

-Como la amnistía, es una manifestación del derecho de gracia. En ambos casos su ejercicio corresponde al jefe del Estado. La amnistía debe aprobarla el Parlamento, mientras que el indulto suele tramitarse a través del Gobierno (por Decreto).

¿Cuál es la razón de que exista una medida como ésta?

-Son múltiples las razones que se aducen para justificarlo: la principal sería corregir los excesos y dureza de las leyes. En este sentido hasta el propio Código Penal prevé que lo puedan solicitar los mismos jueces que detectan ese exceso al aplicar, estrictamente, la ley.

Puede haber personas que opinen que este derecho se ha convertido en privilegio.

-Se otorgan muchas veces indultos por razones o criterios de oportunidad al ser el gobierno quien decide la concesión del indulto por el rey, acaban resultando en criterios de oportunidad política. Esto suscita el rechazo, natural, de los ciudadanos que asisten perplejos a la concesión de indultos en casos difíciles de justificar y a personas que, en principio, parecen no merecerlo.

¿Se ejerce de manera arbitraria y despótica?

-La impresión general es que el ejercicio del indulto resulta algo, o muy, arbitrario. A ello contribuye que el Gobierno no tenga que argumentar las razones ni para la concesión ni para su denegación. Además, es prácticamente imposible su revisión en casación y no existen datos oficiales accesibles al público sobre esta realidad.

¿Por qué suscitan tanto recelo estas medidas de gracia?

-Por lo que he comentado y, además, las informaciones que los ministros de Justicia suelen aportar en respuesta a preguntas de los parlamentarios no suelen ofrecer sino unos trazos muy elementales y parciales de una realidad mucho más compleja que convendría poder estudiar bien en profundidad. Hay que indicar que muchos son parciales y están sujetos a no repetirlo.

¿Qué delitos considera que no debieran indultarse?

-Llama la atención que, si cuantitativamente los delitos más indultados son los relativos a la salud pública en términos proporcionales, curiosamente son los delitos contra la Administración Pública los que destacan.

¿Tiene sentido en pleno 2014 un derecho como éste, que viene desde la ley de 1870?

-En realidad, el actual régimen del indulto pudo tener su sentido en épocas anteriores, como la que se vivía en 1870, cuando se aprobó la actual ley de indulto, en la que el rey era el jefe supremo del Gobierno. Además, como la justicia se impartía en nombre del soberano, esto es, del rey, éste podía otorgar el perdón. Pero, en una sociedad democrática el planteamiento debería ser necesariamente otro. La justicia debería impartirse en nombre del pueblo, y el pueblo está representado en el parlamento, no por el Gobierno.

Por lo tanto, usted cree necesario que se justifiquen los indultos de manera clara.

-Esencial en una sociedad democrática es la interdicción de la arbitrariedad de los poderes públicos, que han de actuar con transparencia y ofrecer una completa motivación de las razones que fundamentan las decisiones que se adopten, las cuales deben ser siempre susceptibles de control por los tribunales.

¿Se debería modificar el procedimiento?

-Resulta absolutamente imprescindible, podría además establecer de modo más adecuado los límites del indulto, los trámites necesarios y hasta el papel que haya de tener el gobierno en su concesión. En todo caso, el parecer favorable y justificado del tribunal sentenciador y la adopción de las apropiadas medidas de protección de las eventuales víctimas, a las que siempre ha de oírse, debería ser algo observado de manera estricta.

¿El indulto existe en todos los países?

-De una u otra forma el derecho de gracia existe en todos los lugares. Hay legislaciones que ponen más límites al indulto, e igual que ciertos delitos se consideran imprescriptibles impiden que puedan indultarse las penas impuestas por determinados hechos, como por ejemplo, el de la corrupción en la función pública, cosa que aquí no pasa.