Bilbao - Martín Pallín es un destacado jurista español que ejerció de fiscal en el Tribunal Supremo y que actualmente es magistrado emérito del mismo. Fue uno de los tres jueces que se opusieron a la doctrina Parot en el alto tribunal.
La semana pasada, un grupo de juristas reunidos en la Fundación Sabino Arana aseguraron que ha llegado el momento de adecuar la justicia al nuevo tiempo político abierto en Euskadi. ¿Comparte esta visión?
-La respuesta de los jueces al aplicar la ley debe ajustarse a la realidad social del tiempo en el que se va a aplicar. Eso es claro en cualquier sistema judicial. Es un principio de derecho universalmente admitido. Luego, si la realidad social de Euskadi en este momento es diferente de la que era hace doce, diez o cinco años, parece de una lógica aplastante que se adapte a la nueva realidad.
Uno de los principales problemas en los que incidieron en esa reunión fue la incomunicación.
-Quizá no habría que pensar solo en los delitos de terrorismo. La incomunicación es una medida absolutamente extraordinaria y por lo tanto debe ser utilizada excepcionalmente y con mucha restricción. No diría que habría que acabar absolutamente con la incomunicación, pero es algo que debe hacerse solo en casos muy específicos. Sobre todo en función de los hechos concretos que se estén investigando.
¿Le sorprendió la reciente absolución de los 40 jóvenes acusados de pertenecer a Segi?
-No me sorprendió en absoluto, ya que conocía la composición del tribunal. Los jueces penales debemos tener en cuenta los hechos concretos que se están enjuiciando y no los hechos alrededor, como puede ser que si son cantera de no se qué y de ahí se pasa a otra organización. Eso lo puede hacer un politólogo y a lo mejor como teoría general puede valer, pero luego hay que trasladarlo a un caso concreto y demostrar que esas 40 personas tenían conexión directa con ETA. Y esa prueba no existía.
Los jueces restaron validez a la declaración de los acusados ante la Policía. No aceptaron las autoinculpaciones.
-Es que negarse a declarar también está previsto en la legislación española. La autoinculpación es algo que se da excepcionalmente. Y si después lo negaron y explicaron los motivos por los que habían realizado esa autoinculpación, lo que hay que hacer es valorar las pruebas. Así lo dice la ley desde hace más de un siglo. Lo que vale son las pruebas que se dirimen en el juicio oral.
Usted será consciente de que la percepción general es que se han producido muchas condenas por autoinculpaciones.
-Quizá había pruebas objetivas que avalasen la autoinculpación. Evidentemente, si esas pruebas habían sido obtenidas por medios coactivos, por torturas hablando claramente, debían ser anuladas y no deberían ser admitidas. Insisto en que la autoinculpación no es una prueba.
¿Estaría todo regulado si los detenidos fueran asistidos desde el primer momento del arresto por un abogado?
-La asistencia letrada está prevista en la ley salvo en casos concretos. Normalmente ha habido una perversión en la interpretación de la norma. Y en eso hemos sido demasiado contemplativos todos los tribunales. Si hay asistencia letrada debe ser entendida en sentido pleno y antes de ponerse a declarar los detenidos deberían hablar en privado con su abogado para que le diera consejo. Hay que respetar la asistencia letrada.
El juez Joaquín Giménez dijo, en referencia al juicio contra los jóvenes, que la absolución es parte de la democracia, aunque algunos sindicatos policiales se sintieron molestos con el fallo.
-Si las pruebas obtenidas no son válidas, si existe una duda más que razonable, las reglas del juego impiden a un juez actuar por intuiciones. Hay que utilizar principios constitucionales y la ley, y si la ley dice que esa prueba no es válida, la opción deber ser la absolución.
En ese juicio se sentaba en el banquillo el considerado entorno de ETA.
-El entorno de ETA es un término periodístico que algunos jueces lo hicieron suyo. El entorno no es un concepto jurídico, en todo caso sería un concepto sociopolítico.
En aquella reunión de juristas se habló también de la dispersión de los presos. ¿La ley dice que deben cumplir condena cerca de sus lugares de origen?
-Ha habido un debate entre el espíritu de la ley y la letra de la ley. La letra de la ley no obliga a que los presos estén cerca de sus casas. Creo recordar que emplea la expresión "se procurará". En un preso preventivo la racionalidad dice que debe estar cerca de donde cometió el delito por la consecución de pruebas. Si el hecho delictivo se ha cometido aquí, para qué se le manda a Canarias. Por lo que respecta a los condenados en firme, una forma de procurar la reinserción es estar cerca de la familia.
¿Y la letra de la ley dice que los presos deben pedir perdón?
-La ley penitenciaria del 76 es uno de los textos más avanzados de Europa y contemplaba algo consustancial, que es el comportamiento penitenciario. Lo que produce la progresión de grado y la posibilidad de salidas condicionadas es el comportamiento penitenciario. Esas son las reglas del sistema. Si quiere pedir perdón, bien, pero cada uno es muy libre de hacer lo que le parezca.
Da la sensación de que hay un contraste entre las decisiones políticas y las jurídicas. Que los jueces van más allá que el Gobierno. Por ejemplo, se ha concedido un permiso a Urrosolo Sistiaga en contra del criterio de Interior.
-Todo lo que sea abrir vías debe ser favorecido por los jueces. Y se deben abrir todas las posibilidades para eso.
Diversas asociaciones de víctimas se han quejado de los beneficios que se otorgan a los presos. ¿Han jugado un papel que no les correspondía?
-La víctima no tiene la calidad de un sujeto político legislativo. Merece, sin embargo, la atención del Estado y se debe cumplir la obligación de reparación y asistencia, y me gustaría saber si todas son atendidas.
El nudo gordiano es que ETA aún no se ha disuelto. ¿Por qué no ha tomado ya esa decisión?
-Creo que una declaración formal de autodisolución de ETA ayudaría a este proceso y dejaría sin argumentos a quienes parece que su única política son las leyes represivas.
¿Se está perdiendo la oportunidad de cerrar el problema de la violencia y culminar el proceso de paz?
-En este sentido, ni entiendo ni comparto el inmovilismo del Gobierno actual del PP en el proceso de paz en Euskadi. Su labor debería dirigirse a que un problema grave como es ETA desaparezca de la escena. Por ello, no comparto su punto de vista.
¿Que le pareció el sellado, que no entrega, de armas?
-Seamos sinceros. No estuvo bien planteado y la forma en que se visualizó aquello no decía nada. Dejó mucho que desear.
¿Entiende que los miembros de la Comisión de Verificación fueran llamados a declarar ante la Audiencia Nacional?
-Estuve con Ronald Kasrils, a quien conozco muy bien, apoyándole, y me parecía algo inconcebible. Aunque reconozco que se lo tomaron con cierto sentido del humor. Lo cierto es que externamente no quedamos muy bien. Sobre todo por las formas, con su traslado a la Audiencia Nacional. Se podía haber hecho de otra forma.
¿Qué le parece la situación en la que se encuentra Arnaldo Otegi?
-Otegi es un ejemplo de una discriminatoria aplicación de la política penitenciaria. Su comportamiento es impecable y debería tener ya beneficios penitenciarios. Creo que le condenaron como dirigente de banda armada y hay una cierta incoherencia. Llama la atención cuando se dice que es uno de los que han contribuido a que ETA deje las armas.
Usted votó en el Tribunal Supremo en contra de la 'doctrina Parot'. ¿Qué sintió con la decisión de la Corte de Estrasburgo?
-Esa doctrina era innecesaria porque el código penal ya establecía una pena de 40 años, algo que es monstruoso. Para qué había que retorcer la ley de esa manera. Lo cierto es que, a uno que tiene una cierta dosis de vanidad, me reconfortó mucho esta decisión. Está claro que el derecho a la libertad no se puede aplazar.