la hija del rey, camino del banquillo>
Imputada
Cristina de Borbón, en una imagen de abril de 2013 paseando por Barcelona. Foto: efe
el magistrado señala que "Cristina intervino para lucrarse en su propio beneficio"
Los presuntos delitos de Urdangarin "no se podrían haber cometido sin el conocimiento y aquiescencia de su esposa"
r. martín
vitoria. El día 8 de marzo, Día Internacional de la Mujer, será un día inolvidable para la Casa Real española, la primera de Europa que ve como uno de sus miembros debe acudir a declarar en un juzgado en calidad de imputado. Para ese día a las 10 de la mañana, y después de nueve meses de constantes y minuciosas investigaciones, el juez José Castro ha citado a declarar en Palma de Mallorca a la infanta Cristina por los presuntos delitos fiscales y por blanqueo de capitales en el marco del caso Noós, cuyos principales imputados son su marido, Iñaki Urdangarin y su exsocio Diego Torres. Ambos están bajo sospecha judicial tras embolsarse 5,8 millones de euros a través de su Instituto Nóos. Los delitos de los que el juez instructor acusa a la hija del rey están penados con hasta once años de cárcel.
La infanta, que actualmente reside con su familia en Suiza, deberá aclarar si participó en presuntos delitos de fraude fiscal como copropietaria de la sociedad Aizoon (la sociedad instrumental en la que se ingresaban los ingresos procedentes del Instituto Noós, este último una organización en principio sin ánimo de lucro) y si blanqueó mediante gastos privados fondos públicos obtenidos de forma ilícita por su marido.
En un fundamentadísimo auto de 227 páginas, el magistrado acusa a Cristina de Borbón de haber tenido conocimiento de las actividades irregulares de Aizoon por mucho que de cara a terceros" mantuviera "una actitud propia de quien mira para otro lado".
La hija del rey será de este modo interrogada por su participación en el impulso de la sociedad Aizoon, de la que es copropietaria junto a su marido Iñaki Urdangarin en un 50%, así como en torno a la supuesta defraudación a Hacienda a través de los gastos personales en los que incurrió través de esta mercantil. El auto es recurrible ante la Audiencia de Palma y la defensa de la Infanta ya ha anunciado que acudirá a este trámite.
acusación popular La decisión está avalada únicamente por la acusación popular, ejercida por el sindicato ultraderechista Manos Limpias, ya que tanto la Fiscalía como la Abogacía del Estado, así como los propios duques de Palma, se opusieron a este extremo al considerar que los indicios que pesan sobre la hija del rey son meras conjeturas y sospechas sin fundamento penal.
Ya el pasado mes de abril el juez encausó a la infanta al considerar que habría incurrido en los mismos delitos que presuntamente cometió su marido a través del Instituto Nóos, si bien la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Baleares dejó sin efecto esta imputación, dejando, no obstante, las puertas abiertas a que fuese investigada por blanqueo y fraude a la Hacienda pública. Se trata de unas pesquisas que el magistrado ha llevado a cabo a lo largo de estos últimos nueve meses sobre los movimientos económicos y fiscales de la hija del rey y su marido en la última década.
A lo largo del auto, el juez Castro desgrana los indicios de que dispone para concluir que Iñaki Urdangarin "difícilmente" pudo haber defraudado a Hacienda "sin, cuando menos, el conocimiento y aquiescencia" de su mujer "por mucho que de cara a terceros" mantuviera "una actitud propia de quien mira para otro lado".
Se generó un doble efecto fiscal defraudatorio, según Castro. Tanto el referido a que sus beneficiarios no tributaran en el IRPF como el que supondría disfrazar el reparto de beneficios como gastos de explotación de Aizoon (autoalquiler de dependencias etc.), con el efecto buscado de minorar la base imponible del impuesto de sociedades y, con ello de la cuota a ingresar.
En el autose detalla con claridad que "Cristina de Borbón ha intervenido lucrándose en su propio beneficio y facilitando los medios para que lo hiciera su marido mediante la colaboración silenciosa de su 50% de Aizoon".
conducta irregular La forma de actuar de la Infanta es para el magistrado irregular "por omisión", recalcando que no podría entenderse que la duquesa de Palma no estuviera "alertada" del proceder de su marido, tanto por su "sólida formación" como por una intervención parlamentaria, en referencia a la efectuada a principios de 2006 por el diputado socialista Antoni Diéguez, en la que "se suscitaron dudas sobre las irregularidades del Instituto Nóos por beneficiarse de contrataciones públicas".
Tanto es así que, en los fundamentos jurídicos del auto, Castro se pregunta por qué la infanta no utilizó su "paritario potencial participativo" en la sociedad Aizoon, de la que es copropietaria junto a su esposo y a través de la cual se habrían cometido los delitos fiscales que el magistrado atribuye al matrimonio, para rectificar las liquidaciones supuestamente defraudatorias de esta empresa al facturar a ésta servicios personales que nada tenían que ver con la actividad de la empresa con el objetivo de reducir su tributación en la declaración del IRPF.
El juez instructor del caso Nóos, José Castro, sostiene igualmente en su resolución que la intervención de la infanta Cristina en Aizoon constituía un "escudo frente a Hacienda", en línea de lo que puso de manifiesto en su día el notario que participó en la constitución de la sociedad, quien apuntó que el exasesor fiscal del Instituto Nóos Miguel Tejeiro auspició la colocación de la hija del rey en la mercantil para que ésta gozase de un trato especial por parte de la Agencia Tributaria.
citación, no condena Además, explica que la imputación de la hija del rey "dista abismalmente de ser o parecerse a una sentencia condenatoria", como tampoco supone una "privación o restricción de derechos". "Es más, de momento ni tan siquiera abre la puerta a que las distintas partes acusadoras puedan formular acusación contra doña Cristina de Borbón", recalca el juez en su resolución.
A lo largo del auto, el juez instructor de Palma señala "a nadie debería escandalizar" que quiera interrogarla, porque si se suman todos los ingresos obtenidos por arrendamientos, única actividad lícita que le reconoce la Agencia Tributaria a su sociedad Aizoon, "no bastaría" para cubrir el pago de las mensualidades de los préstamos hipotecarios contraídos por los duques de Palma, lo que lleva a concluir que las fincas adquiridas por el matrimonio se han financiado en parte con ingresos de procedencia supuestamente ilícita.
Y es que los ingresos menores obtenidos por Aizoon provenían del alquiler de inmuebles, por un importe anual de 30.576 euros en 2007 y 27.329 en 2008, "notoriamente inferiores" a los importes facturados por la supuesta actividad de asesoría desplegada por Iñaki Urdangarin y por la que la mercantil ingresó 645.453 euros en 2007 y 494.156 un año después.
Castro adelanta cuál podría ser el contenido del interrogatorio al que, de no levantarse en esta imputación, deberá enfrentarse la hija del Rey, puesto que quiere aclarar si conocía que Aizoon llevó a cabo "un reparto fáctico, fiscalmente opaco, de dividendos sobre la base de la disposición de fondos para atender gastos estrictamente personales de cualquiera de los cónyuges o de ambos y que tienen como nota común que su génesis no guarda absolutamente ninguna relación con las actividades mercantiles" de dicha sociedad.
Otro de los argumentos para interrogar los obtiene el juez de los diferentes informes aportados por Hacienda, que señalan que entre 2008 y 2011 que señalan que, dejando a un lado las amortizaciones de sus créditos hipotecarios, la Infanta Cristina únicamente realizó compras por importe superior a 3.005,06 euros "con cargo a su propio peculio", las dos en un comercio de ropa de vestir y sin ninguna relación con la decoración del Palacio de Pedralbes. La mayoría de los gastos invertidos en el hogar matrimonial corrieron a cargo de Aizoon.
críticas a hacienda Además, cuestiona que Hacienda haya considerado deducibles tres facturas cruzadas entre Aizoon, participada al 50% por la hija del rey y su marido Iñaki Urdangarin, con Torres Tejeiro Consultoría Estratégica (posteriormente Intuit Strategy Innovation LAB), una de las mercantiles utilizadas de forma presuntamente fraudulenta dentro del entramado investigado en esta causa. Esta consideración permite que lo defraudado en el ejercicio de 2007 no supere los 120.000 euros necesarios para constituir delito fiscal.
Por otro lado, Castro considera que "ningún recelo ha de experimentarse" en relación de la concesión de un préstamo de 1,2 millones de euros por el rey en favor de su hija "por el hecho natural y frecuente de que un padre ayude a su hija a la financiación de la compra de su vivienda" en Pedralbes.
También rechaza abrir diligencias previas contra el responsable del sindicato de técnicos del Ministerio de Hacienda (Gestha) que acusó de falsear datos fiscales a los inspectores de la Agencia Tributaria (AEAT).
los detalles
l Tendrá que acudir al juzgado. La infanta tendrá que declarar en el juzgado, no podrá declarar por escrito ni fuera del juzgado porque ha sido citada como imputada. Los privilegios que establece la Ley de Enjuiciamiento Criminal para determinados miembros de la Familia Real y cargos públicos solo son válidos si son llamados como testigos. Eso sí, puede acogerse a su derecho a no declarar para no incriminarse.
l Citación, que no condena. El juez defiende en su auto que éste "dista abismalmente de ser o parecerse a una sentencia condenatoria", como tampoco supone una "privación o restricción de derechos". "Es más, de momento ni tan siquiera abre la puerta a que las distintas partes acusadoras puedan formular acusación contra doña Cristina de Borbón", recalca el magistrado en su resolución.
l Puya al fiscal. El juez Castro contesta al fiscal anticorrupción Pedro Horrach, quien en un escrito remitido al juzgado a finales de noviembre, rechazó la imputación de la infanta Cristina y consideró que no existían indicios contra la hija del rey sino "meras elucubraciones, rumorología o pura ficción". El juez Castro sostiene en su auto, en relación con el escrito del fiscal Horrach, que "se están perdiendo las formas y eso no es deseable".
la cifra
52.600
l Folios de sumario. El sumario del caso Nóos supera ya los 52.600 folios después de tres años de instrucción de esta pieza separada del caso Palma Arena.
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Los delitos de los que
el juez instructor acusa a la hija del rey están penados con hasta once años de cárcel