El Gobierno trata de evitar la puesta en libertad del asesino de Alcàsser
Madrid. La Abogacía del Estado se ha opuesto a la excarcelación de Miguel Ricart, condenado en 1997 a 170 años de prisión por el secuestro, violación y asesinato de Miriam, Toñi y Desirée, las tres niñas de Alcàsser, puesto que alega que la sentencia dictada por el Tribunal de Estrasburgo sobre la presa de ETA Inés del Río no es extrapolable a todos los casos. Así se indica en el escrito remitido por la Abogacía a la sección segunda de la Audiencia Provincial de Valencia, quien el pasado lunes le dio traslado para que se pronunciara en un máximo de 48 horas sobre la posible excarcelación de Ricart, tras anularse la doctrina Parot.
En sus alegaciones, la Abogacía indica en primer lugar que las sentencias del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) no tienen eficacia erga omnes -frente a todos-. En segundo término, expone que en la sentencia sobre Del Río "en ningún momento" se afirma que exista en España un problema estructural o sistémico que requiriera eventualmente de la adopción de medidas generales. De ello se concluye -agrega- que "ninguna obligación incumbe a España en lo que se refiere al resto de los condenados a los que se aplicó la doctrina contenida en la resolución del Tribunal Supremo de 28 de febrero de 2006 -doctrina Parot-".
Interés general El propio ministro español de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón, defendió ayer la posición mantenida por la Abogacía del Estado al considerar que la aplicación de la doctrina Parot a Miguel Ricart responde "al interés general". A juicio de Ruiz-Gallardón, no puede establecerse un criterio general sobre el dictamen de Estrasburgo puesto que -señaló- "cada caso ha de ser analizado individualmente".
"La doctrina establecida por Estrasburgo tiene que ser aplicada a cada uno de los supuestos en función de las circunstancias de cuando se produjeron las sentencias y cuando entra en vigor o no la aplicación de la modificación de la doctrina", afirmó. Por ello, el responsable de Justicia aseguró que con su actuación, la Abogacía del Estado, y de acuerdo con la sentencia del Tribunal Supremo, "lo que ha hecho en este caso es defender los intereses generales".