Palma de Mallorca. El juez Castro, que instruye el caso Nóos, quiere saber más sobre el patrimonio de la infanta Cristina y por eso ha pedido a la Agencia Tributaria (AEAT) que investigue las declaraciones de la renta de la hija del rey desde el año 2002 hasta la actualidad. El magistrado quiere así tener más datos, tras haber pidió ya la investigación de los tres últimos años, para determinar si la esposa de Iñaki Urdangarin ha incurrido en delitos contra la Hacienda pública como propietaria del 50% de la mercantil Aizoon.
Las investigaciones se están realizando después de que el juez pidiera las declaraciones de la renta a Cristina y ésta se negara a facilitárselas debido a "una injerencia al derecho fundamental a su intimidad", según esgrimían los abogados. Además la hija del rey consiguió que su imputación se suspendiera a principios de mayo.
El delito Según el tribunal de la Sección Segunda de la Audiencia, tanto Urdangarin como su mujer se habrían beneficiado, como socios al 50% de la mercantil Aizoon, de los ingresos procedentes del Instituto Nóos así como del dinero supuestamente defraudado a Hacienda a través de la empresa de la que ambos eran copropietarios.
El tribunal recalca así que el dinero que de forma presuntamente irregular percibió Aizoon desde Nóos no se quedó en la cuenta de la primera entidad, sino que se destinó a gastos privados del matrimonio, como la reforma de su vivienda familiar, con su posible "conocimiento del origen ilícito y delictivo" de estos fondos.
La Sala incide asimismo en que, si bien la Duquesa de Palma podía desconocer el origen ilegal del dinero público, en cuanto a que "provenía de un delito de malversación o de fraude", lo que resulta "más dudoso" para los magistrados de la Sección Segunda es que la Infanta "desconociera que esos ingresos podían suponer un delito contra la Hacienda Pública" puesto que Nóos, aunque declaraba al fisco, no pagaba el impuesto de sociedades por ser una sociedad sin ánimo de lucro.
Los indicios La Audiencia señala que la Infanta "debería saber o conocer que Aizoon era una sociedad pantalla y que su marido la utilizaba para defraudar a Hacienda", tanto en lo que al impuesto de sociedades se refiere como respecto al IRPF, y que "se ha enriquecido con contratos ilegales y dinero público por facturas giradas por Aizoon a Nóos".
Es más, los magistrados recalcan que mientras Urdangarin era el administrador de Aizoon, su mujer tenía el control funcional de la sociedad al ser titular del 50% del capital social, motivo por el que "podría estar en condiciones de impedir la defraudación" a la hora de presentar las declaraciones del impuesto de sociedades desde 2006 a 2008.
De acuerdo con este planteamiento, el tribunal recalca que a partir de marzo de 2006 -cuando la Infanta dejó la junta directiva de Nóos, de la que era vocal- o meses antes "ya debería saber que Aizoon no era una sociedad de profesionales y que ella y su marido la utilizaban para defraudar". Así, sostiene que, como socia de la mercantil y "teniendo posibilidad de controlar la gestión, pudo haber convocado Junta de la sociedad y revocado poderes a su marido o pedido que se regularizase la situación tributaria", añade.