madrid. La defensa del Duque de Palma, Iñaki Urdangarin, alega, en el recurso presentado ante la Audiencia Provincial de Baleares contra la fianza de 8,2 millones de euros impuesta sobre él y su exsocio Diego Torres, que la gestión económica del Instituto Nóos "descansaba exclusivamente" sobre este último, a pesar de lo cual "se pretende" que el marido de la infanta Cristina "peche económicamente" con los fondos percibidos por la entidad desde las Administraciones públicas. En su recurso de apelación, el abogado de Urdangarin, Mario Pascual Vives, reclama que se revoque la imposición de la caución al recriminar que su patrocinado tenga que hacer a la misma en base a la totalidad de los importes cobrados por Nóos entre 2004 y 2006, cuando "esta materia era competencia únicamente de su exsocio, exvicepresidente y exgerente de la entidad, así como de los excontables de la entidad".
El letrado califica asimismo de "desproporcionada" la cantidad fijada y lamenta la "falta de motivación" a la hora de decretar la fianza, lo que, a su juicio, "no parece razonable cuando se trata de cantidades tan elevadas como las aquí exigidas y que genera, junto a la falta de proporcionalidad y la falta de existencia de los presupuestos de la medida, indefensión para mi defendido". Es más, Pascual Vives recalca que en la imposición de la fianza "no se cumplen los requisitos" que la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LeCrim) establece, "pues ni hay indicios racionales bastantes de la culpabilidad de mi defendido, ni hay peligro de que el imputado eluda su posible responsabilidad patrimonial".
En opinión del representante legal del Duque, el hecho de que el juez se decante, "exclusivamente y sin argumentación adicional alguna", por la cifra principal solicitada por las acusaciones -8,2 millones de euros- y no por la petición subsidiaria "vulnera, al respetuoso entender de esta defensa, de nuevo, el principio acusatorio, yendo además contra la propia solicitud de las acusaciones".
reiteración En el anterior recurso que presentó el Duque contra la caución, su abogado denunciaba ya haber visto vulnerado su derecho de defensa tras decretarse la fianza, pronunciándose de este modo "a los efectos de que (el derecho supuestamente quebrantado) pueda continuar siendo invocado, en el momento procesal oportuno", ante la Audiencia Provincial de Baleares y, en su caso, ante el Tribunal Constitucional. Es más, la defensa del encausado consideraba que su patrocinado se vería abocado a un "injusto empobrecimiento" e insistía "en la convicción y postura procesal de que a mi mandante no se le debe aplicar fianza alguna de responsabilidad civil provisional derivada de la imputación de determinados delitos".