pamplona. El Tribunal Superior de Justicia de Navarra confirmó ayer que deniega la concesión de la pensión vitalicia mensual de 276,50 euros que solicitaba el expreso de ETA Bautista Barandalla, que argumentaba sufrir una incapacidad permanente total para el ejercicio de su profesión habitual de albañil a causa de su paso por prisión.
En la sentencia, el TSJN dicta que el demandante -que padece una colitis ulcerosa-, no puede acceder a esa prestación al no estar dado de alta en la Seguridad Social y no haber acreditado que intentó trabajar en la cárcel cuando cumplía las condenas. Barandalla permaneció en prisión entre 1990 y 2009. Según precisa la sentencia, entre septiembre de 1990 y mayo de 2002 "no hay constancia de que solicitara trabajar en el centro penitenciario".
El juez expone que sí se considera que, entre mayo de 2002 y final de 2003, la situación del expreso "puede ser asimilada a una de paro voluntario motivada por su enfermedad, las intervenciones que hubo de sufrir para tratarla y la indispensable recuperación tras las mismas". Sin embargo, zanja que después no procuró "su reincorporación al mercado laboral".