Vitoria. La Fiscalía de la Audiencia Nacional se ha opuesto a la liberación de la presa de ETA Inés del Río, cuya excarcelación exigió el Tribunal Europeo de Derechos Humanos al estimar que se le aplicó la doctrina Parot de forma "irregular", porque se trata de una resolución meramente "declarativa".
Así lo expresó el fiscal jefe de este tribunal, Javier Zaragoza, en un escrito remitido a la sección primera de la Sala de lo Penal, a quien los abogados de la activista pidieron su puesta en libertad una vez conocida la resolución de Estrasburgo.
Según argumentó, "únicamente el Tribunal Constitucional tiene la facultad de ordenar" la suspensión de una pena y, en el caso de Del Río, ya la denegó.
"En cualquier caso", insistió en que la sentencia europea no es firme y, como todas, solo son definitivas "cuando las partes declaren que no solicitarán la remisión del asunto ante la Gran Sala, o no haya sido solicitada la remisión del asunto ante la Gran Sala tres meses después de la sentencia" o el colegio de ésta rechace la solicitud de remisión.
De esta forma, explicó que, según su propia jurisprudencia, las resoluciones del TEDH son declarativas, lo que supone que es "básicamente el Estado afectado" el que tiene que elegir, bajo la supervisión del Consejo de Ministros, las medidas a adoptar, siempre que sean compatibles con las conclusiones de la sentencia. Sin embargo, "excepcionalmente", el tribunal europeo "puede indicar el tipo de medida que debe ser tomada para hacer cesar la violación que se ha declarado", cuya naturaleza puede ser en ocasiones "de tal entidad que no deje ninguna elección". Y, como en el presente caso, Estrasburgo no ha ordenado la ejecución provisional de su sentencia, "no procede acordar la puesta en libertad solicitada". "En cualquier caso, debe decirse que el sistema europeo de protección de los derechos humanos no contempla como necesario el carácter ejecutivo de las sentencias del TEDH", insistió.