Bilbao. El Gobierno Vasco ha ofrecido un pacto extrajudicial a la familia Cabacas para cerrar el caso. ¿Suena a comprar el silencio?

El hecho de que se ofrezca, porque se debe, una indemnización en modo alguno quiere decir que se tengan que cerrar las puertas de la responsabilidad política ni de la penal. Incluso, la familia bien podría admitir la indemnización, sin que eso impidiera seguir con el procedimiento penal. Otra cosa es con qué intención se ha hecho ese ofrecimiento por parte del Departamento de Interior del Gobierno vasco, porque ese ofrecimiento ha ido acompañado de algunas manifestaciones en relación a una imposibilidad de determinar la autoría concreta del disparo que mató a Iñigo Cabacas. Eso es lo que retuerce la cuestión.

¿Cree posible determinar ante el juez el ertzaina que disparó la pelota de goma y las circunstancias que le rodearon?

Es posible que no se pueda. Si el Departamento de Interior afirma que no lo puede saber a ciencia cierto, tengo que creerlo. Además, puede ser posible que, en el curso de una investigación judicial, tampoco puede determinarse con exactitud de qué arma salió la pelota que mató a Iñigo Cabacas, y si eso pudiera constituir un delito. Eso lo determinarán los tribunales. Pero aunque se dijera que esa muerte es resultado de un hecho delictivo, puede no saberse de qué arma salió la pelota.

En cualquier caso habrá que agotar la vía judicial, sin cerrarlo antes con un apaño económico.

Efectivamente, habrá que agotar esa vía. Lo que quiero decir es que puede que el Departamento de Interior dé por agotada la investigación interna, no hayan podido concluir nada concreto, y que, por su parte, la investigación judicial pudiera terminar diciendo lo mismo, o no.

El Tribunal de Estrasburgo ha dado un duro varapalo al Gobierno español con el fallo sobre la 'doctrina Parot'.

Me alegro que alguna instancia judicial europea ponga un freno a lo que era un dislate jurídico.

Pero el Gobierno español se declara insumiso.

No, en realidad lo ha dicho así porque políticamente tendrá que expresarse así ante su parroquia, pero vamos a ser benévolos y pensar que van a recurrir para pedir la suspensión de la sentencia, y que en tanto esté recurrido van a intentar no aplicar la sentencia. Quiero pensar que el ministro del Interior ha querido decir eso y no que no va a acatar la sentencia, porque tras el recurso la tendrá que cumplir.

¿A día de hoy, el Gobierno español se sitúa fuera de la legalidad comunitaria al no poner en libertad a la presa de ETA Inés del Río y no ejecutar la indemnización?

No lo creo. Supongo que el abogado del Estado estará preparando el escrito de recurso en el que pedirá la suspensión de la sentencia hasta que no se resuelva dicho recurso ante la gran sala del tribunal. Y si el tribunal decide que no suspende la sentencia, no tenga duda de que el Gobierno español lo cumplirá y de que Inés del Río no cumplirá en prisión ni un solo día más de lo que decida el Tribunal Europeo.

¿Cómo se traslada esa sentencia a los tribunales españoles?

Aunque se trata de un caso concreto, el de Inés del Río, la sentencia repasa la propia doctrina Parot que se ha aplicado a otros 67 presos condenados. Por tanto, el Tribunal Supremo, la Audiencia Nacional o el tribunal que haya juzgado un caso de estos deberá revisar esas resoluciones judiciales y aplicar la doctrina de Estrasburgo.

En cualquier caso, va a haber una avalancha de recursos por parte de los presos.

Creo que lo harán, si no lo habían hecho ya antes, y solicitarán la revisión de su condena.

¿Aguantaría el Gobierno español un reproche continuo del tribunal europeo?

Lo razonable es que pida la revisión de estos casos en los propios tribunales españoles. Lo lógico es que se pida la revisión en cada uno de los 67 expedientes penitenciarios de cada una de estas personas. No hace falta volver a Estrasburgo con un recurso por cada uno de ellos, aunque muchos ya están de camino.

La sentencia deja muy tocada uno de los pilares de la política penitenciaria del Gobierno español.

No se ha caído ningún pilar de la política penitenciaria porque esta tiene los objetivos constitucionalmente establecidos y es bueno visualizar que los presos cumplen unas condenas que en un momento dado les fueron impuestos en base al código penal de 1973, es decir, en los términos que la legislación establece y se vuelvan a integrar en la sociedad democrática y sepan convivir democráticamente. La sociedad vasca está preparada para asumirlo desde hace mucho tiempo. Y si la sociedad española no está preparada para hacer lo mismo harían muy bien en dejar de hacer demagogia y preparar a la gente para asumir todas las consecuencias de todas las normas.

El Tribunal de Estrasburgo le podría resolver un problema interno al Gobierno del PP y de cara a las asociaciones de víctimas.

Las palabras del ministro del Interior también dejaban entrever algo así. Decía que se van a rebelar contra esa resolución, pero al final aceptaba que van a tener que cumplir lo que se les dice, aunque lo hagan a desgana. En ese sentido, el Gobierno español puede tener la coartada para vender que no es una iniciativa propia sino un mandato de una instancia judicial europea, de la misma forma que Europa nos impone algunas medidas económicas. De todas formas, en materia de derechos humanos me entristece que un gobierno, el que sea, funcione de esta manera.

¿Qué opinión le merece el plan de reinserción del Gobierno español?

Me parece importante que el Gobierno haya lanzado un plan de reinserción. Sé que es un plan limitado, no es una carretera ancha, sino un camino. No es el paso, pero desde luego es un paso que puede facilitar que todos los presos se replanteen algunas cuestiones y que algunos puedan entrar por esa vía.

Gallardón anuncia la cadena perpetua revisable. ¿Supone una vuelta a la Edad Media?

Por muy revisable que sea, introducir el concepto de cadena perpetua en una condena a prisión resulta muy fuerte desde el punto de vista cívico y humano. En un Estado de Derecho que tiene previsto en su Constitución la reinserción o la resocialización no hay lugar para cadenas perpetuas, por muy revisables que sean. Por otro parte, las penas que se están aplicando en delitos de terrorismo y otros delitos muy graves en España ya son en la práctica penas a perpetuidad. Hay que tener en cuenta el momento en el que se saca este tema, un momento político y social crítico para aplacar la contestación. Además, en un momento en el que estamos llegando al final del terrorismo resulta un poco absurdo sacar esto.

¿Le parece una cuestión de justicia o un pucherazo la intención de alterar el censo electoral en Euskadi para que los que se marcharon por la amenaza de ETA puedan votar aquí?

Me consta que hay gente que se ha marchado de aquí por amenazas terroristas y me consta que hay gente que quisiera volver. Es un derecho volver al lugar de origen o al que ha vivido hasta verse obligado a marchar. En ese sentido creo que tienen que tener determinadas ayudas para poder volver. Lo que no comprendo es ese afán de votar. La amenaza terrorista que le ha obligado a salir de su pueblo ha truncado sus derechos en muchos sentidos, no solo el de voto. No comprendo bien por qué la gente que reside en un lugar tiene derecho a votar en ese municipio. Por qué hay gente emigrante que no ha pisado nunca Euskadi o España y vota en unas elecciones cuando realmente lo que sedecida en esas elecciones difícilmente le va a afectar.

¿Qué recorrido jurídico le augura?

Jurídicamente se puede hacer casi todo. Ahí están las leyes que permiten que los emigrantes voten. Mientras no se atente contra derechos fundamentales, y no es el caso, podrían buscarle un ropaje jurídico a la alteración del censo electoral.

¿Los jueces siguen con miedo después del anuncio de ETA de cese de la actividad armada?

Yo diría que no. No tenemos miedo y si lo tenemos será un miedo que no se corresponde con lo que dicen los responsables de la seguridad. Hay muy pocos jueces que tengan una medida personal de protección con independencia de las medidas generales. Personalmente, no tengo miedo porque quienes saben de esto dicen que no tenemos por qué tener miedo. Y además creo que hemos llegado al final de la actividad terrorista.

¿Tiene sentido la pervivencia de la Audiencia Nacional una vez terminada la violencia de ETA?

Creo que puede existir un tribunal con competencia en todo el Estado al margen del Tribunal Supremo que es una instancia casacional, que vaya a conocer en materia penal determinados delitos cuya investigación sería muy difícil a tribunales de un territorio concreto. Por ejemplo, delitos económicos de gran magnitud que afectan a intereses del Estado de manera directa o tráfico de estupefacientes con muchas ramificaciones. Por ahí sí tiene sentido. Lo único que haría yo es limpiarlo de pasado, renovarlo mucho y crear una instancia judicial moderna.

Los jueces vascos han estado vedados para juzgar los atentados de ETA que tenían lugar en Euskadi.

A finales de los 80 ya reclamamos la competencia para la investigación, la instrucción y el enjuiciamiento de los delitos terroristas cuando ocurrían en el País Vasco y siempre nos hemos sentido capaces de enjuiciarlos. Desde fuera se nos consideraba incapaces, porque podríamos estar demasiado sometidos a la presión del terrorismo y, por tanto, nuestro juicio no iba a ser objetivo, y porque consideraban que la amenaza terrorista directa iba a ser muy grande. No hemos alzado la voz contra la Audiencia Nacional. Ahora se puede decir que ha actuado como un tribunal de excepción porque ha utilizado criterios jurídicos excepcionales, que se apartaban de los criterios jurídicos que el resto de los tribunales españoles manejaban para la instrucción y el enjuiciamiento de los delitos.