bilbao. No hubo sorpresas y las filtraciones que apuntaban a una sentencia condenatoria en el caso Bateragune se cumplieron. La Audiencia Nacional condenó ayer a Arnaldo Otegi y Rafa Díez Usabiaga a diez años de prisión y otros tantos de inhabilitación de cualquier cargo público al estimar que siguieron el mandato de ETA para impulsar una nueva estrategia política que pasaría por la acumulación de fuerzas soberanistas. Con este fallo, el tribunal español, que también considera culpables a Miren Zabaleta, Sonia Jacinto y Arkaitz Rodríguez, a los que impone ocho años de prisión, cuestiona la apuesta posibilista y da por amortizados al exportavoz de Batasuna y al ex secretario general de LAB, referentes del camino que derivó en la creación de Sortu. Precisamente, la sentencia pone algunas sombras sobre cuál será el futuro de la marca abertzale en el Tribunal Constitucional, ya que en los últimos días se había especulado con que la legalización de los herederos de Batasuna podría llegar antes de las elecciones generales del 20-N, pero la postura de la AN corta con una progresión en la que los tribunales habían sido más amables con el espectro de la izquierda abertzale tradicional.

Ante lo que pueda pasar en los próximos meses y para calmar a los que puedan verse con ganas de recurrir a la apuesta que prescinde de la política y fía sus opciones a la violencia, Otegi aprovechó las redes sociales para reforzar las tesis posibilistas. "Que nadie abandone este camino porque vamos a ganar", destacó el ex de Batasuna en euskera, castellano e inglés en su cuenta de Twitter. Un aviso para los que dentro de la izquierda abertzale tradicional puedan cuestionar internamente la estrategia que lideran desde fuera de prisión Rufi Etxeberria, Txelui Moreno e Iñigo Iruin, entre otros.

La Sección Cuarta de la Sala de lo Penal, que da por buenos los testimonios de los expertos en la lucha antiterrorista que declararon durante el juicio, así como los informes policiales -la sentencia de 144 folios reproduce extractos de comunicados de ETA, artículos de opinión de los acusados y material interno de la banda-, no se cree la defensa que Otegi y el resto de condenados desplegaron en pro de las vías políticas y contra la violencia. La misma que mantienen los actuales portavoces de la izquierda abertzale oficial. Así, el tribunal presidido por la jueza Ángela Murillo advierte de que "en ninguna de sus manifestaciones y escritos, de las fechas de producción de los hechos que han sido juzgados, se constata una expresión de condena de la violencia producida por ETA, y sólo al cabo de cuatro meses después de las detenciones efectuadas, en un documento elaborado en el seno de la izquierda abertzale, aparece claramente un relativo alejamiento de aquellos métodos violentos, que no ruptura y nítida condena".

Otegi y díez, los cabecillas La Audiencia Nacional impone las mayores penas a Arnaldo Otegi y Rafa Díez Usabiaga -este último se encuentra en libertad provisional porque el juez estimó su petición para cuidar de su madre- porque les considera los cabecillas del grupo impulsado, según consta en el auto, por la organización armada. Así, el tribunal defiende que el exportavoz de Batasuna y el que fuera referente del sindicato LAB desempeñaban tareas de "impulsión, responsabilidad y coordinación, y ejercían evidente influencia y predominancia respecto a los otros tres acusados".

Sin embargo, la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional pone por encima de todos a la dirección de ETA, a la que otorga el mando total. Los cinco acusados, según se destaca en la sentencia, cumplían las instrucciones que les marcaba la organización armada al tiempo que, para planificar y gestionar la nueva estrategia, "con efectos meramente cosméticos y fingidos", se reunían periódicamente en la sede del sindicato LAB en la capital guipuzcoana.

Entre los indicios que sirven al tribunal presidido por la jueza Murillo para condenar a los cinco dirigentes abertzales figuran las diez reuniones que mantuvieron en la sede del sindicato; los dos desplazamientos realizados a Iparralde para entrevistarse y cambiar impresiones presuntamente con distintas personas del entorno de ETA; y los documentos de la organización armada en los que se ordenaba supuestamente a la izquierda abertzale emprender acciones de índole política bajo el "amparo de su prepotencia armada", así como los textos de la izquierda abertzale cumpliendo aquellos mandatos.

Otro de los factores de los que se ha servido la Audiencoa Nacional para la condena es la "idéntica nomenclatura o terminología" utilizada por la organización armada y los dirigentes de la antigua Batasuna, y la "palmaria ausencia, en la fecha de los hechos juzgados, de actuaciones en los acusados que denoten un verdadero y real distanciamiento de las tesis armadas".