La sentencia de la Gran Sala del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) que confirma la condición de europarlamentario de Oriol Junqueras, la inmunidad derivada de la misma y, en consecuencia, el levantamiento de su prisión provisional o, en su caso, la necesidad de solicitud por el Tribunal Supremo (TS) de un suplicatorio al Parlamento Europeo supone mucho más que una, otra, severa reconvención a las disposiciones de los tribunales de justicia en el Estado. En primer lugar, el TJUE encuadra su sentencia en un marco jurídico compuesto por el Derecho de la Unión, en su protocolo de inmunidades y su acta electoral, pero también por la Constitución española y la Ley Electoral, el Reglamento del Congreso y la Ley de Enjuiciamiento Criminal. Y al hacerlo, retrata la actuación del TS en su auto del 14 de junio que impidió a Junqueras acudir a cumplimentar los trámites inherentes a su condición de eurodiputado electo, lo que lleva a preguntar por la motivación no estrictamente jurídica que impulsó al autor del mismo, el juez Manuel Marchena. En segundo lugar, al analizar las cuestiones prejudiciales presentadas por el TS, la corte europea antepone los principios de la democracia representativa, de la independencia parlamentaria -del que cita su reconocimiento por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH)- y de representación política (derecho a sufragio pasivo) a las pretensiones de limitarlos y emplaza al TS a tenerlo en cuenta. Y al hacerlo, aun sin decirlo, promueve el cuestionamiento de las limitaciones de esos principios que pretende la acción judicial en el Estado español y la consiguiente comparación de la calidad democrática en el mismo respecto de la Unión Europea. En tercer lugar y en consecuencia de lo anterior, la sentencia del TJUE, como nuevo cuestionamiento de la actuación judicial en el Estado, refleja sus condicionamientos y los impulsos que la promueven y lleva a la exigencia de una profunda reforma de la misma que ponga fin a la dependencia política de sus principales órganos y la sitúe en cuanto a garantías democráticas en nivel europeo. Finalmente, pero tanto o más relevante, la sentencia de la Gran Sala debería conducir a reconsiderar la actuación de los poderes del Estado en el conflicto catalán y a sacar la crisis política de un ámbito judicial cada vez más desacreditado y que ha hecho todo lo opuesto a contribuir en el diseño de cauces para su solución.