l anuncio unilateral del presidente del Gobierno Pedro Sánchez señalando que contempla la conclusión del vigente estado de alarma el próximo 9 de mayo ha avivado una polémica que muchos medios califican como política, pero que en realidad tiene mucha más repercusión que la estrictamente partidista porque proyecta su derivada sobre el ámbito de la salud pública y de la responsabilidad de las Administraciones. ¿Por qué no ha propuesto, por ejemplo, una conferencia de presidentes autonómicos o la celebración de un Consejo Interterritorial de Sanidad para analizar los pasos a seguir a partir del 10 de mayo?

En realidad, la no prolongación de vigencia de la norma estatal dejará a las instituciones sin garantías jurídicas ni capacidad operativa para aprobar las medidas sanitarias todavía necesarias para seguir tratando de hacer frente a la propagación del coronavirus; es decir, les abocará a una situación en la que carece de verdadera capacidad de decisión (al quedar a expensas en todo caso de ratificación judicial) para adoptar todo un conjunto de restricciones o limitaciones en el ejercicio de libertades y derechos ciudadanos que previsiblemente, y por desgracia, van a seguir siendo necesarias más allá de esa fecha.

Sin la cobertura legal del decreto de estado de alarma ocurrirá que Euskadi, como el resto de Administraciones, no tendrá seguridad jurídica para acordar medidas tales como el confinamiento, el horario del toque de queda, las prohibiciones de reunión de grupos de personas o las restricciones en la movilidad de los ciudadanos, entre otras.

¿La no renovación del estado de alarma es realmente una opción contemplable a día de hoy, existe alternativa? Es un debate que ha de estar presidido por un criterio técnico, no político. En realidad, y desde un punto de vista jurídico, no cabe más alternativa que o bien prorrogar el estado de alarma o bien proceder a una reforma legal que aporte la necesaria seguridad jurídica que debe acompañar a las duras medidas que están teniendo que adoptarse desde hace meses. Ningún gobernante desea seguir instalado en esta situación, pero un ejercicio de madurez y de realismo obliga a no mirar hacia otro lado o a retardar la solución a este dilema.

Frente a ello, la vicepresidenta del Gobierno central, Carmen Calvo, insiste en que no hay que modificar ninguna legislación, en que no hay que añadir nada para afrontar el 10 de mayo. Y se apoya, por ejemplo, en el dato de que, según su interpretación, el Consejo Interterritorial de Sanidad puede resolver esas lagunas, cosa que no es cierta: ese órgano puede coordinar medidas y, en efecto, el Tribunal Supremo ha dicho que éstas serán de obligado cumplimiento, pero en realidad tal Consejo no puede dictar medidas que no tengan cobertura legal. Y sin estado de alarma ni ley que ampare medidas como las hoy todavía vigentes no cabrá proponer en esa instancia la adopción de ninguna de ellas.

No hay ninguna legislación específica para poder tomar decisiones de forma generalizada, no individualizada en campos como la limitación de movimientos, el cierre de actividades económicas o la limitación de derechos fundamentales como la movilidad ciudadana. Y, por tanto, las decisiones que en su caso se adopten a partir de ese momento en que decaiga el estado de alarma podrán ser anuladas por los tribunales de justicia.

La realidad jurídica es que si el fin del estado de alarma no se aplaza y si tampoco se completa la legislación con nuevas previsiones normativas serán los jueces de cada comunidad autónoma los que tendrán que decidir si permiten o prohíben la limitación de derechos dentro de los respectivos ámbitos territoriales.

Y en realidad el tiempo se acaba: no hay tiempo para tramitar un proyecto de ley orgánica (o una reforma de las leyes ya existentes en materia de salud pública o de sanidad, entre otras) cuando la decisión tiene que tomarse en menos de cuatro semanas.

Y sin estado de alarma, con tan solo la cobertura de la declaración de emergencia sanitaria, el lehendakari y su gobierno tendrá que dictar unas resoluciones restrictivas cuya validez quedará en manos de lo que decida el TSJPV, órgano judicial que decidirá respecto a cada medida: o la ratifica o no la valida, algo que provocará inseguridad, dilaciones y mayor inquietud, sin duda, en relación a la efectividad de las medidas necesarias para hacer frente a este duro reto que nos está tocando vivir.