El estudio sobre la Unión Europea realizado por el Gabinete de Prospección Sociológica del Gobierno Vasco podría resumirse en la comprensión por la sociedad vasca del beneficio que supone la pertenencia a Europa, con el consiguiente interés por la Unión, y sin embargo un amplio sentido de lejanía respecto de las instituciones que la estructuran. No es una dicotomía novedosa en Euskadi, tampoco exclusiva. Pero sí sorprende que, más de tres décadas después de la adhesión del Estado español a la Comunidad Económica Europea y cuando se ha cumplido más de un cuarto de siglo del Tratado de Maastricht, firmado en febrero de 1992, la UE no haya superado esa distancia con el ciudadano que ya entonces se intuía problemática para que la unión económica y política adquiriese la necesaria consolidación social. Que 6 de cada 10 vascos consideren positiva la pertenencia a la UE y más de la mitad estén interesados en los asuntos europeos -interés que ha crecido un 11% en diez años- refleja hasta qué punto la idea de la pertenencia a Europa está enraizada en la sociología vasca. Pero que casi la mitad de los encuestados (47%) muestre desapego por la Unión y sumen más quienes poseen una imagen neutra (38%) o negativa (19%) de la UE que quienes la tienen positiva (39%) da idea de las dificultades que las instituciones europeas tienen para dar cauce a esa idea de pertenencia. Y aunque no hay duda de que la heterogeneidad propia de un marco cultural y sociológico tan diverso lastran la homologación social de la UE, donde principalmente enraizan esas dificultades es en la estructuración estatal de la Unión, ya manifestada en la firma de la Constitución Europea en 2004 en Roma bajo la inscripción Europae Rei Publicae Status (Estados de Europa). Porque convierte a la UE en una superestructura de acceso forzoso a través del Estado, lo que la aleja de las instituciones más cercanas y, por tanto, más comprometidas con, controladas por y útiles para el ciudadano. La Unión, en definitiva, no terminará de acercarse al ciudadano hasta que aplique más allá de sus Estados miembro la subsidiariedad que regula el ejercicio de sus competencias y lo haga con arreglo al principio de proximidad del artículo 10.3 del Tratado de la Unión por el que “las decisiones serán tomadas de la forma más abierta y próxima posible a los ciudadanos”.