El auto de la jueza Carmen Lamela que ha enviado a prisión incondicional a Oriol Junqueras y otros siete consellers del cesado Govern de Carles Puigdemont, además del también exconseller Santi Vila -que ayer recuperó la libertad tras pagar la fianza de 50.000 euros- probablemente tendrá un largo recorrido. Y lo tendrá, lógicamente y en primer término, por la gravedad de los delitos que imputa y de las penas aparejadas. En consecuencia, y a corto plazo, tendrá recorrido en el terreno político, en la medida en que, por ejemplo, la decisión ha tenido el efecto de reactivar al bloque independentista, sin ir más lejos dando aire otra vez a la opción que parecía ya descartada para lo que ayer el PDeCAT llamó “lista de país” de cara al 21-D, pero también cargando de razones a miles y miles de catalanes movilizados detrás de las aspiraciones independentistas y a otros que, sin estarlo, entienden que la decisión de encarcelar, y encarcelar por rebelión y sedición, a integrantes de un Govern legítimamente elegido por la ciudadanía es una medida desproporcionada que cuestiona los fundamentos democráticos y de Derecho del Estado. Pero el auto de la jueza Lamela debería tener también largo recorrido jurídico. Desde el cuestionable argumento para rechazar el aplazamiento de las declaraciones para poder preparar la defensa, con la excusa de que durante el procedimiento los investigados podrán “declarar cuantas veces quieran”, cuando el Tribunal Supremo (TS) ha concedido una semana a los miembros de la Mesa querellados; hasta la no menos controvertida jurisdicción de la Audiencia Nacional, cuando nuevamente el Supremo había abierto la puerta el lunes a asumir “todas las causas relacionadas” a la que investiga. No menos cuestionable es la calificación de los delitos de rebelión y sedición, asumida sin argumentación suficiente de la ya de por sí forzada querella de la Fiscalía, mientras el TS dejó abierta la puerta a su consideración como “conspiración para la rebelión”. Y todo ello, culminado, con medidas cautelares extremas sostenidas, entre otras razones, en un riesgo de fuga fundamentado en la marcha de otros querellados a Bruselas; argumento que podría perfectamente servir para justificar que quienes sí se presentaron no han pretendido eludir a la justicia. No sería ni la primera, ni la segunda, ni la tercera vez que Estrasburgo enmienda la plana a la justicia española, aunque tarde años.
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