En la controversia que mantienen los diversos sectores de la izquierda abertzale entre sí y frente a las disposiciones del Gobierno español respecto a la asunción, en el caso de los presos, y la aplicación, en el caso del gobierno, de la legalidad penitenciaria, caben al menos dos preguntas. La primera, dónde radica la novedad de la última propuesta del autodenominado Colectivo de Presos y Presas Políticos Vascos (EPPK) respecto al comunicado que ya emitiera en diciembre de 2013, tras una intensa discusión en las cárceles durante nueve meses desde el llamamiento en febrero de ese año del Foro Social a desbloquear la situación. Ya entonces el EPPK asumía que los presos deben someterse a la legalidad penitenciaria y la necesidad de explicitar esa voluntad de nuevo sugiere que hasta la fecha el pronunciamiento no se ha visto acompañado de iniciativas inequívocas que podrían facilitar el progreso de grado, como sería un reconocimiento explícito del daño injusto causado. Sería un error que el concepto de injusto, que comparte la mayoría social de Euskadi, sea un problema para el colectivo y lleve a otro debate terminológico que se intuye en el comunicado del EPPK cuando se reserva la negativa al arrepentimiento. La segunda pregunta es, dónde radica el problema para que “el inexpugnable imperio de la ley” que, en palabras del nuevo ministro del Interior, Juan Ignacio Zoido, debe aplicarse a los presos de ETA no se cumpla en toda la extensión de sus preceptos legales. Porque la transferencia de la competencia sobre los centros penitenciarios (art. 10.14 y 12.1 del Estatuto de Gernika), el acercamiento de los presos (art. 12.1 de la ley penitenciaria), la excarcelación de presos con enfermedades graves (art. 104.4 del reglamento penitenciario), la aplicación normalizada de beneficios penitenciarios (art. 4 del mismo reglamento)... no son otra cosa que la estricta legalidad. Las limitaciones a la misma introducidas en 2003 por José María Aznar cuestionaron el fin de la reinserción que consagra la Constitución y extendió el cumplimiento de penas a una cadena perpetua de facto. Y más de cinco años desde que ETA declarara el cese definitivo de la violencia, se antoja un periodo suficiente para recuperar las garantías del derecho y la reinserción que deben guiar la labor penitenciaria en un sistema democrático y normalizado. A la postre supondría un enorme rédito para la consecución en Euskadi de la normalización política definitiva.
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