dos recientes decisiones judiciales, dadas a conocer en los últimos días han venido a romper la extendida tendencia de los jueces en el Estado español de asumir como verdad absoluta la absurda e injustificable teoría del todo es ETA y han puesto también en solfa tanto los procedimientos y la propia investigación policial como la validez de algunos testimonios arrancados a los acusados en las comisarías y su asunción acrítica como prueba en los juicios. La primera de estas decisiones fue el archivo por parte del Juzgado de lo Penal número 3 de San Sebastián de la causa económica del caso Egunkaria y que debía cerrar una causa después de once años de grave injusticia contra el periódico y escandaloso atropello de los derechos de sus responsables. Aunque no es menos cierto que dicha decisión se argumentó sobre la prescripción de los supuestos delitos imputados, argumento que ayer mismo la Fiscalía negó para recurrir el archivo. La segunda resolución judicial es más contundente y, por su emisor, por su forma y por su contenido, debe suponer un antes y un después en lo que se ha venido conociendo como el frente judicial contra ETA y su entorno. Porque la demoledora sentencia de la Sección Primera de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional que absolvió a 40 jóvenes acusados de ser militantes de la organización ilegalizada Segi contiene elementos a valorar que, sin minusvalorar la importancia intrínseca de la absolución, van más allá del fallo que exonera a los acusados. El dictamen de la Audiencia Nacional tumba sin remisión la estrategia de la tesis del todo es ETA, separa nítidamente -aunque parezca una obviedad- la actividad meramente política de la acción violenta o terrorista, cuestiona la paupérrima investigación policial y arremete contra el juez instructor por permitir tanto el periodo de incomunicación de los detenidos como que les fuera tomada declaración por parte de la Policía en este régimen excepcional, vulnerando sus derechos, así como por no atender siquiera mínimamente a las denuncias de torturas presentadas por los acusados. Es evidente que la estrategia global contra ETA ha considerado en los últimos años a los tribunales casi como meros instrumentos de la lucha antiterrorista. Pero esas medidas excepcionales, en especial la incomunicación, deben desaparecer. Máxime tras el fin de la actividad armada por parte de ETA.
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