la desestimación por el pleno del Constitucional del recurso de amparo presentado por el expresidente del Parlamento Vasco Juan María Atutxa y los miembros de su Mesa Gorka Knörr y Kontxi Bilbao contra la multa y pena de inhabilitación que el Tribunal Supremo les impuso en 2008 por negarse a disolver el grupo de Sozialista Abertzaleak incide en profundos déficits democráticos. La resolución de ayer reincide en las mismas muestras de ausencia de separación de poderes, ideologización de la Justicia e inexistencia de igualdad ante la ley que afectan gravemente al funcionamiento del Estado y que han venido marcando todo el proceso del llamado caso Atutxa, desatado en su día por el impulso inquisidor del aznarismo. Estas carencias se encontraban ya, como en otros casos, en el origen desde que en marzo de 2003 el Supremo -el mismo tribunal político que acuñó la doctrina Parot- pretendió imponer su resolución a la potestad legislativa y reglamentaria del Parlamento y, aun más grave, a la decisión soberana de la sociedad vasca expresada en las urnas y en la composición de la Cámara de Gasteiz. Esa invasión del legislativo por el judicial se tradujo en la constatación, una vez más, de la politización de la Justicia con la sentencia del Supremo que condenó a Atutxa, Knörr y Bilbao, sin respaldo de la Fiscalía y pese a la absolución previa, por dos veces, de los tres parlamentarios por el Tribunal Superior del País Vasco. Esta politización se ha vuelto a reflejar en el dilatado trayecto del caso Atutxa en el Tribunal Constitucional. La primera ponencia del magistrado Pablo Pérez Tremps favorable a los tres políticos vascos se retiró ante la inminente renovación del alto tribunal y el cambio de su mayoría progresista por otra conservadora. Y, contra toda lógica jurídica, este año fue designado nuevo ponente de la causa Enrique López, diez años atrás beligerante miembro del CGPJ contra el Parlamento Vasco en el conflicto con el Supremo. Que la sentencia del Constitucional presente ahora cuatro votos discrepantes lo corrobora y da pie a considerar la ausencia de igualdad ante la ley, ya que revoca la premisa de la necesaria intervención de la Fiscalía para mantener la acusación, que en su día sí permitió anular, sin embargo, la sentencia contra Emilio Botín.