el escándalo del espionaje masivo por parte de las agencias de seguridad de EEUU que ha salido a la luz pública a raíz del caso Snowden afecta gravemente a dos planos del derecho como las relaciones internacionales y las libertades individuales. Y en ambos casos supone una ruptura de la seguridad entre países aliados y un quebranto de la confianza de los ciudadanos depositada en su gobierno. De ambos planos, el que afecta a las relaciones internacionales es -pese a las airadas protestas de miembros de la Unión Europea como Francia o Alemania- el menos sorprendente. El secretario de Estado de EEUU, John Kerry, se apresuró a afirmar de manera eufemística, tras reunirse con la jefa de la diplomacia europea, Catherine Ashton, que todos los países, cada cual dentro de su capacidad, recopilan información sobre terceros, incluidos aliados y amigos. Es una práctica extensiva que, lejos de la imagen que los conflictos bélicos del siglo XX y la Guerra Fría han podido depositar en el subconsciente colectivo, tiene mucho más que ver con la economía que con la defensa nacional. Al fin y a la postre, los Estados no son sino la herramienta administrativa de los grandes intereses económicos, especialmente en EEUU, con sus ramificaciones y competidores por todo el mundo. Que Washington utilice un programa de espionaje denominado Prisma capaz de analizar 500 millones de llamadas y consultas en Internet en un mes en Alemania y que Gran Bretaña maneje otro similar llamado Tempora confirma que el desarrollo tecnológico en las comunicaciones permite a todos los Estados, en mayor o menor medida, poseer o usar sistemas de control masivo de ciudadanos de otros países y, por supuesto, de los propios. Y este segundo plano, desarrollado so pretexto de la seguridad nacional, conlleva un incumplimiento de la ley en todos los estados considerados democráticos. En EEUU, ignora las enmiendas constitucionales que limitan el poder del Gobierno y garantizar los derechos, la privacidad y las libertades individuales. Lo que, por supuesto, también sucede respecto de los derechos individuales protegidos por las constituciones en los casos en los que se ha utilizado la tecnología con similares fines por el Gobierno español u otros europeos.