la moción presentada por el PP de Lantarón solicitando privilegios absurdos para los inmigrantes (cesión de iglesias, horarios exclusivos en piscinas, servicios y transportes gratuitos o pintxos adaptados a sus creencias) está dando lugar a posturas xenófofas por parte de personas que desconocen los programas de ayudas de las instituciones que equiparan en derechos y deberes a personas de aquí con las que tienen un mínimo arraigo reconocido, excepto la población infantil, que goza de una protección universal y obligatoria sin ningún condicionante.

Los inmigrantes residentes en Puentelarrá nunca han pedido ningún tipo de privilegio sobre los oriundos. En caso de necesidad, acuden a la asistencia social como cualquier otra persona y son asesorados de sus derechos en base a requisitos igualitarios. ¿Alguien conoce alguna norma de discriminación positiva para los de fuera?

En la edición del pasado 15 de noviembre de DIARIO DE NOTICIAS DE ÁLAVA pudimos leer que el portavoz del PP acusaba al alcalde y a los grupos del PNV y Bildu de discriminar a los que "siempre hemos vivido aquí" en favor de los inmigrantes, y justificaba esta aseveración en que éstos reciben beneficios en materias que no competen al Ayuntamiento (como sanidad o prestaciones sociales) o ayudas municipales que son idénticas para todas las familias, sin atender a su procedencia o creencia.

En la misma información el PP detallaba otra afirmación sorprendente como que "nos encontramos con situaciones tas dispares como que un inmigrante esté cobrando casi 1.000 euros, mas alquiler de vivienda y transporte gratuito, mientras que una viuda apenas sobrepasa los 400 euros". La Renta de Garantía de Ingresos que gestiona Lanbide es de 612 euros para todas las personas con derecho a prestación. Si a la viuda en cuestión no le corresponde la diferencia hasta igualar la RGI, se deberá a que tenga otro tipo de ingresos patrimoniales o de rendimiento de capital; si no es así, debe pedir asesoramiento sobre sus derechos. Para que un inmigrante o una viuda cobren casi 900 euros deben tener al menos dos hijos a su cargo. En cuanto a la prestación para vivienda, tanto él como la señora pueden recibir 250 euros en concepto de ayuda al alquiler. Es decir, los requisitos son los mismos.

El otro prvilegio que se menciona sobre los menús especiales en colegios, referidos a los musulmanes, nunca ha sido exigido por esta comunidad. Los alumnos de estas creencias están educados para arreglárselas comiendo lo que les permite su credo y dejando el resto de la comida. En los comedores escolares les ofrecen menús alternativos atendiendo a un criterio humanitario hacia los niños y niñas, y no a ninguna exigencia.

No vamos a negar que existen fraudes y abusos en las ayudas sociales, en el paro, en las bajas laborales o en los contratos de trabajo, pero no son exclusivos de ningún colectivo ni etnia. Quien quiera ver la realidad sin prejuicios, verá una sociedad de hombres y mujeres de todos los colores que quieren trabajar, estudiar, convivir y aportar a la sociedad lo que corresponde.