La pasada semana me llamaron la atención dos noticias sobre dos tipos de delitos muy diferentes en cuanto a su gravedad, pero sin embargo con similares condenas. La primera hacía referencia a una condena de dos años y medio de prisión para un jefe de personal por abusar sexualmente de una empleada y la segunda, a una petición de dos años de cárcel para cuatro jóvenes acusados de realizar pintadas contra el TAV.
Tras leer ambas noticias y comparar los casos, llego a la conclusión a la que todo el mundo en su sano juicio llegaría: ¿Como puede ser que un delito tan grave como es el abuso sexual tenga una condena casi igual a la de realizar unas pintadas con spray en una pared, expresando una opinión? ¿Qué clase de Código Penal y qué tipo de interpretación y/o aplicación hace la Justicia del mismo, para que dos delitos con diferencias tan abismales en cuanto a su gravedad puedan tener similar condena?
Cuando la justicia está al servicio de fines políticos y económicos (claro ejemplo es la cuestión del TAV) se termina manipulando de forma atroz y terminamos viviendo en un mundo de locos.