Siete años después de ordenar el cierre de Egunkaria, la sentencia de la Audiencia Nacional absuelve a los cinco procesados. Las acusaciones por las que acabaron sentados en el banquillo eran realmente graves y las medidas cautelares que adoptó el juez instructor fueron rotundas e irreversibles; sin embargo, todo ha quedado en agua de borrajas.

O sea, no había ningún nexo con ETA, ni dineros transferidos, ni directrices ideológicas que dictase la banda, ni consignas publicadas en el diario que incitaran a la violencia. La sentencia desmonta una instrucción que no se sostiene, pero que ha acarreado unas consecuencias de difícil reparación.

Para las personas implicadas ha supuesto un perjuicio considerable, así como para los trabajadores del diario clausurado y sus familias. Pero no es menos el desdoro que supone para la Justicia el haber quedado en evidencia un cierre cautelar poco menos que inconstitucional, tal y como afirma la sentencia, así como la conversión de indicios en pruebas concluyentes y condenatorias a priori.

Por lo tanto, para Gesto por la Paz, como parte de la sociedad, hay una reflexión de calado que debemos hacer. Algunos habrán de hacerla con mayor profundidad dado su papel decisorio: ¿se pueden adoptar medidas provisionales que, a la postre, resultan definitivas e irreversibles, con un probado perjuicio para los inculpados?

Si la justicia tardía deja de ser justicia en un caso de esta transcendencia ¿se puede demorar tanto un proceso? Y otros, a un nivel de actor secundario, pero no por ello menos importante: en la lucha contra el terrorismo no todo es posible, no se puede quemar el bosque porque creamos que en él hay un árbol podrido. Por todo ello, exijamos que la Justicia actúe con prontitud, que sea proporcionada, rigurosa y que restaure sus propios errores.