BRUSELAS. La corte, con sede en Luxemburgo, pidió no obstante que los efectos de esas medidas se mantengan temporalmente para "garantizar la eficacia de cualquier posible congelación de fondos en el futuro".

Según su sentencia, el tribunal considera que dichas medidas "no se basan en actos examinados y confirmados en decisiones de las autoridades competentes" sino "sobre imputaciones de hechos derivadas de la prensa e internet".

La UE incluyó a Hamás en la lista de organizaciones terroristas que creó en 2001 tras los atentados del 11 de septiembre de ese año en las Torres Gemelas de Nueva York (EE. UU.), y se ha mantenido en ella desde entonces.

Estar en esa lista supone la congelación de los bienes que personas o entidades puedan tener en territorio comunitario.

Hamás recurrió las medidas por las que se les mantenía en la lista negra.

Hoy el tribunal europeo consideró que las acusaciones de actos cometidos por esa organización se basan simplemente en publicaciones en prensa o internet.

Recordó que la congelación de fondos debe basarse en "elementos que hayan sido examinados de manera concreta y confirmados en decisiones de las autoridades nacionales competentes".

Por esa razón la corte decidió anular las medidas y mantener temporalmente las congelaciones de fondos ya dictadas "para garantizar la eficacia de cualquier posible futura congelación".

En concreto, las medidas se mantendrán por un periodo de tres meses a menos que el Consejo presente un recurso -en un plazo de dos meses- ante el Tribunal de Justicia de la UE, la máxima instancia judicial comunitaria.

La corte también precisó que esta anulación, basada en razones de procedimiento, "no implica ninguna evaluación sustantiva de la cuestión de clasificación de Hamás como grupo terrorista".