ESTRASBURGO. La Gran Sala del Tribunal Europeo de Derechos Humanos condenó hoy a Irlanda a indemnizar con 15.000 euros a una mujer a la que no se permitió abortar en su país a pesar de que su vida corría peligro.
La sentencia dice que no se explicó a la mujer si se daban las condiciones para abortar en su país -lo hizo finalmente en el Reino Unido- y que por ello las autoridades "ignoraron" su obligación de garantizarle el respeto a "su vida privada".
La legislación irlandesa sólo permite interrumpir el embarazo en tres supuestos: cáncer de útero, embarazo extrauterino y preeclampsia (hipertensión inducida en el embarazo).
La mujer se había sometido a un tratamiento contra un cáncer que incluía pruebas que eran incompatibles con un embarazo.