El Instituto Vasco de Consumo-Kontsumobide ha recordado que los consumidores tienen derecho a fraccionar el pago de los retrasos en la facturación eléctrica acumulada.

Kontsumobide ha explicado que la alta volatilidad del precio de la electricidad está siendo utilizada como argumento de algunas comercializadoras eléctricas para retrasar o no emitir facturas de consumo.

Esto puede generar un problema al consumidor al ver que crece su deuda con la empresa, una deuda que en algunas circunstancias puede llegar a una cantidad "muy importante".

Por ello, Kontsumobide ha aclarado este jueves que los consumidores no tienen la obligación de abonar facturas de electricidad con un retraso mayor de un año y ha matizado que el hecho de que el retraso en la facturación se deba a esa volatilidad del mercado, a un fallo en la lectura o a un error o decisión administrativa de la compañía no afecta a este derecho.

Además, el consumidor tiene derecho a prorratear el pago de la factura en tantos meses como los que hayan transcurrido desde la no facturación. Por ejemplo, si está pendiente una factura de pago del mes de agosto y llega en enero se tendrá derecho a fraccionar el abono de dicha factura en 4 mensualidades.

Esta situación ha sido tratada recientemente por la Comisión Nacional de los Mercados y de la Competencia, organismo que ha confirmado los derechos de las personas consumidoras y se ha dirigido a las comercializadoras para recordarles su obligación de atender a los derechos de las mismas e instarles a que sean ellas mismas quienes promuevan la opción de fraccionar el abono de la deuda.

También les recomienda que previamente avisen a los consumidores y que se cercioren de que conocen la situación y sus opciones de abono.