Mercado libre o mercado regulado. Empresa distribuidora o comercializadora. Potencia incluida en el contrato de energía. Tipo de tarifa. Los términos recogidos en el recibo de la luz no parecen aportar ninguna claridad de comprensión, más bien se confunden con un galimatías. Con ellos se multiplican los quebraderos de cabeza de los clientes, quienes abonan el importe del abastecimiento eléctrico sin entender siquiera qué es lo que están pagando.

Por esta razón, entender y saber descifrar todos los datos que aparecen en una factura es fundamental para atender cuestiones como:

-Adecuar el abastecimiento contratado a nuestras necesidades cotidianas y hábitos de consumo

-Tener controlado en todo momento el gasto energético

-Detectar cualquier irregularidad que se pueda producir

-Explorar opciones que nos permitan ahorrar y/o evitar despilfarros

-Saber a quién dirigirte en caso de duda, queja o reclamación

¿Mercado libre o mercado regulado?

Antes de comenzar, conviene recordar que el mercado eléctrico del Estado se divide en mercado libre y mercado regulado. Esto es lo que representa cada tipo:

-El mercado libre:

Con la liberalización del mercado, aparecen numerosas compañías de luz. Cada una de ellas tiene el poder de presentar sus propias ofertas, descuentos y promociones, así como fijar los precios que desee.

El consumidor, por su parte, tiene la posibilidad de escoger entre una amplia variedad de tarifas, cuotas fijas y demás ofertas para suministros con cualquier potencia contratada. A esto se le añaden servicios adicionales, como el de mantenimiento.

-El mercado regulado:

Todas las compañías estructuran las facturas del mismo modo, y no pueden vender otros servicios o hacer descuentos. La tarifa regulada por el Ministerio se conoce como Precio Voluntario al Pequeño Consumidor o PVPC.

Esta cifra fluctúa cada día y cada hora según lo que marque el mercado mayorista de electricidad. Las tendencias a la alza o a la baja motivadas por cualquier factor externo que se produzcan en el mercado también influyen directamente en dicho precio.

Aparte, cuando hablamos de suministro eléctrico, no es habitual que los consumidores estén concienciados sobre las diferencias entre comercializadora y distribuidora de energía. Ya es hora de despejar esas dudas:

-Distribuidora: Es la compañía que se encarga de "llevar" la electricidad a nuestra vivienda. Tiende los clables, se responsabiliza de la instalación del contador y se asegura de que siempre recibamos la calidad de servicio más adecuada.

El usuario no tiene la potestad de elegirla, ya que es el gobierno el que establece cuánto debe cobrar la distribuidora por hacer ese trabajo. Este importe es el que se conoce como tarifa de acceso, y aparece recogido en la factura de la luz.

-Comercializadora: Empresa con la que el cliente contrata una tarifa de luz o gas específica. Este tipo de empresas recurren a la compra de energía a distribuidoras externas para suministrarla a sus clientes. Aquí, el usuario sí que puede decidir con libertad la empresa que desee contratar.

Análisis de la factura

La parte superior de la factura recoge los datos sobre la identidad de la compañía, es decir, la empresa a la que le pagas el abastecimiento eléctrico.

Datos identificativos de la factura y de su receptor

También se localiza al comienzo de la factura e incluye información relacionada con los datos del titular del contrato, del punto del suministro y del recibo de la luz.

-Nombre y apellidos del titular: Indica quién es la persona responsable del contrato de la luz.

-Dirección del punto de suministro: El lugar en el que se encuentra el domicilio.

-Número de contrato o identificación fiscal: Gracias a esta referencia, la compañía es capaz de distinguir cuál es este contrato de luz.

Varias fechas:

-Periodo de facturación: Intervalo de tiempo cuyo consumo se traduce en cobro de la factura. En el caso del mercado regulado, la periodicidad con la que se emiten las facturas es siempre de un mes (cada 30 días, más o menos). Por el contrario, en el mercado libre las compañías fijan el periodo de facturación que consideren más apropiado: mensual o bimestral.

-Fecha de emisión de la propia factura

-Fecha de pago: Cuándo se pasará al cobro (si hay domiciliación del pago) o la fecha de vencimiento.

Factura en el mercado libre

Como ya hemos mencionado, estos recibos no se adaptan a un modelo determinado. Sin embargo, aquí van algunos de los datos que te encontrarás con mayor frecuencia.

-Denominación de la compañía: Esto es lo que te ayuda a diferenciar si estás en el mercado libre o regulado.

-Periodo de consumo: Dependiendo del contrato con la compañía, la lectura podrá ser bimestral o mensual.

-Referencia del contrato de suministro: Imprescindible para identificarte, a pesar de que a veces es más útil el Código Unificado de Punto de suministro o CUPS, que localiza tu instalación y no varía aunque cambies de comercializadora.

-Peaje o tarifa de acceso: Este concepto está gestionado por el Estado y es de pago obligatorio para todos los usuarios. Supone aproximadamente un 40% de la factura total, y se aplica sobre el término de la potencia contratada y el término de energía consumida.

-Término de potencia contratada: La mayor parte de los hogares tiene entre 3.3 y 4.6 kW.

-Facturación por potencia contratada: Se suele cobrar un único importe que engloba la suma de los peajes y la comercialización (si es que la compañía lo aplica). Si el precio ha variado durante el periodo de facturación, se aplica el precio correspondiente a cada parte.

-Término de energía o consumo: Alude a la energía consumida por un cliente durante un periodo concreto de facturación. Es variable, y se calcula multiplicando el precio de la energía por la cantidad de kWh consumidos.

-Impuesto sobre la electricidad: Es independiente del I.V.A y debe ser abonado por los clientes al margen de que estos consuma o no electricidad. Está regulado por el gobierno y asciende a 5,1127% sobre la suma del término de consumo y el término de potencia.

-Otros servicios: Como seguros o mantenimiento. No obstante, son opcionales y no estás obligado a contratarlos.

-I.V.A: Se agrega un 21% al importe total de la factura.

-Información extra: Tipo de contador, gráficos sobre la evolución del consumo, descuento por Bono Social (antes del impuesto de electricidad), lectura del contador (si se ha facturado sobre lecturas reales o aproximadas), descuentos, etc.

Factura en el mercado regulado

-Denominación de la compañía: Esto es lo que te ayuda a diferenciar si estás en el mercado libre o regulado.

-Periodo de consumo: Dependiendo del contrato con la compañía, la lectura podrá ser bimestral o mensual.

-Referencia del contrato de suministro: Imprescindible para identificarte, a pesar de que a veces es más útil el Código Unificado de Punto de suministro o CUPS, que localiza tu instalación y no varía aunque cambies de comercializadora.

-Peaje o tarifa de acceso: Se establece a través del Estado y es de pago obligatorio para todos los usuarios. Suponen aproximadamente un 40% de la factura total, y se aplican sobre el término de la potencia contratada y el término de energía consumida. Con este concepto, pagas por el uso de las redes de transporte, distribución y otros costes regulados.

-Potencia contratada: La mayoría de los hogares tiene entre 3.3 y 4.6 kW. Si es inferior a 3 kW se puede solicitar el Bono social, y si supera los 10 kW se pierde el derecho a la tarifa PVPC del mercado regulado.

-Facturación por potencia contratada: Es la cantidad que tiene que abonar el cliente por la potencia que tiene contratada. Si quieres conocer la cifra exacta, solo tienes que multiplicar el término de potencia por la cantidad de kW contratados y los días que forman el periodo de facturación.

No necesitarás hacer esta operación en más de una ocasión, puesto que se trata de un importe fijo que se paga siempre aunque no se realice ningún consumo.

-Impuesto sobre la electricidad: Es independiente del I.V.A y debe ser abonado por los clientes al margen de que estos consuma o no electricidad. Está regulado por el gobierno y asciende a 5,1127% sobre la suma del término de consumo y el término de potencia.

-Alquiler de equipos de medida: Este concepto se cobra a todos los clientes que no cuenten con la propiedad de su contador de luz.

-I.V.A: Se agrega un 21% al importe total de la factura.