- Las empresas de más de 50 trabajadores están obligadas a tener desde hoy un plan de igualdad para su plantilla, en virtud del decreto-ley de medidas urgentes para garantía de la igualdad de trato de 7 de marzo de 2019, donde se les daba a estas empresas un plazo de tres años para su puesta en marcha. Sin embargo, sólo una de cada cinco empresas incluidas en dicha categoría cuenta con uno, según los datos de Gobierno y sindicatos.

La Inspección de Trabajo, que hasta ahora se había limitado a hacer requerimientos a las empresas para ver en qué estado se encuentra el plan de igualdad, comenzará a actuar y puede sancionar con entre 750 y 7.500 euros, ya que se trata de una infracción grave.

Los planes de igualdad ya eran de obligado cumplimiento para las compañías con más de 250 trabajadores antes de la aprobación de esta norma y a partir de 2020 lo fueron también para las empresas de entre 151 y 250 empleados. El año pasado se hicieron obligatorios para las compañías con entre 101 y 150 trabajadores en plantilla y desde hoy lo serán también para las que cuenten con un personal de entre 51 y 100 empleados. Esta exigencia afecta tanto a empresas privadas como a organismos o instituciones públicas, así como a organizaciones o asociaciones sin ánimo de lucro.

Las empresas de menos de 50 trabajadores no están obligadas a tener un plan de igualdad, salvo que se disponga por convenio, pero sí estas obligadas, al igual que el resto de empresas, a contar con un registro retributivo desde hace casi un año.

Estos planes deben contemplar medidas evaluables para salvar los obstáculos que dificultan la igualdad efectiva entre hombres y mujeres. Constan de un contenido mínimo de materias, entre ellas el proceso de selección y contratación; la clasificación profesional; la formación; la promoción profesional; las condiciones laborales, incluida una auditoría retributiva; la prevención del acoso sexual y por razón de sexo, y los salarios.

No obstante, según las estimaciones del Ejecutivo central y de las centrales, la gran mayoría de empresas de este tamaño -cerca de 20.000- están aún pendientes de aprobar uno, una situación que atribuyen al exceso de burocracia y a la dificultad para negociarlos.

Desde el Ministerio de Trabajo la cifra de planes de igualdad registrados ronda los 4.700. Según los datos de UGT, son 4.679 los planes inscritos con acuerdo con los representantes de los trabajadores, de un total de 25.000 empresas obligadas desde hoy a tener uno. La mayoría de las empresas que han de negociar un plan de igualdad se concentra en el sector servicios y tiene entre 50 y 99 personas trabajadoras. En términos territoriales, más del 40 % de las empresas están en Catalunya o Madrid, que son también las comunidades en las que más planes quedan por registrar.

Entre los problemas encontrados a la hora de elaborar un plan de igualdad, tanto las empresas como los representantes de los trabajadores ven un exceso de burocracia y falta de apoyo financiero estatal para los sindicatos que no alcanzan a negociar todos los planes pese a ser requisito indispensable que salga con acuerdo. El secretario general de CC OO, Unai Sordo, ha recordado en varias ocasiones que es necesario dotar de recursos desde la administración para implementar los planes de igualdad.

Diferencias. La brecha salarial de género en el Estado se situó en el 19,5 % en 2019 -último dato disponible-, tres puntos menos respecto a la registrada en 2010. En 2019 el salario medio anual de los hombres fue de 26.934,38 euros y el de las mujeres de 21.682,02 euros, un 80,5 % de la masculina. La brecha es mayor entre trabajadores con contrato indefinido, ya que los hombres disponen de más acceso a complementos salariales incluidos en esta modalidad.