- El Pleno del Congreso debatirá y votará el jueves el decreto ley que regula las condiciones laborales de los repartidores a domicilio por parte de las plataformas digitales, la conocida como ley de riders, que obliga a contratar a estos trabajadores como asalariados en un plazo máximo de tres meses.

Cada decreto ley debe someterse a debate y votación en el Congreso en el plazo de un mes para ser convalidado o, en caso contrario, ser derogado. En todo caso, los grupos pueden aprobar su tramitación como proyecto de ley para plantear cambios a través de enmiendas.

Afecta a las relaciones laborales entre las plataformas dedicadas al reparto o distribución de cualquier producto y sus trabajadores, es decir, que no afecta sólo a las empresas de reparto de comida a domicilio como Glovo, Uber Eats o Deliveroo.

La norma reconoce la presunción de laboralidad de los trabajadores que prestan servicios retribuidos de reparto a través de empresas que gestionan esta labor mediante una plataforma digital, en línea con la sentencia que dictó el Tribunal Supremo en septiembre de 2020, en la que establecía que los repartidores son trabajadores por cuenta ajena y no autónomos.

Según los datos del Ministerio de Trabajo, la Inspección de Trabajo y Seguridad Social laboralizó más de 16.000 relaciones laborales, con un impacto económico que ha cifrado en 29 millones de euros. Tras su publicación en el BOE el pasado 12 de mayo, las plataformas digitales de reparto tienen de plazo hasta el 12 de agosto para contratar a sus trabajadores como asalariados.

La norma contempla que la representación legal de los trabajadores deberá ser informada de las reglas que encierran los algoritmos y los sistemas de inteligencia artificial que pueden incidir en las condiciones laborales por las que se rigen las plataformas, incluyendo el acceso y mantenimiento del empleo y la elaboración de perfiles.