- Giro inesperado en el conflicto laboral de Precicast, la filial de ITP que presentó un expediente de regulación de empleo para el despido de 87 trabajadores. El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco anula las rescisiones de contrato y obliga a la compañía aeronáutica a readmitir a los empleados, que tendrán que cobrar las nóminas de los últimos tres meses. La empresa anunció que recurrirá al Supremo.

Se trata del segundo varapalo judicial al ITP, ya que a finales de abril el Tribunal Superior declaró injustificado un expediente temporal que aplicó a 569 trabajadores de las plantas de Barakaldo y Sestao en verano de 2020. Entonces, el juez alegó que ITP no presentó toda la documentación necesaria, pero no anuló la suspensión colectiva de contratos. Se interpretó en aquel momento que la sentencia podría tener consecuencias en el juicio y al final ha sido así.

En este caso, el Tribunal vasco establece el derecho a la vuelta a sus puestos de trabajo de los 87 trabajadores despedidos -más otros tres afectados cautelarmente-.

La sentencia conocida ayer rechaza la argumentación de la empresa de que atravesaba serias dificultades económicas antes de la pandemia, no encuentra “causa económica ni productiva” que justifique el despido colectivo y recuerda la legislación excepcional que impide despedir alegando la pandemia. Respecto a lo primero, el Tribunal concluye que la situación económica de PCB “no es realmente negativa”.

De hecho, el cuarto trimestre de 2019 “supone beneficios respecto a su precedente. En general, apreciamos que los ingresos en el periodo examinado (antes de la pandemia) se mantienen en líneas muy similares, y ello nos hace concluir que, en todo caso, las medidas adoptadas son desproporcionadas respecto a los datos concurrentes, porque no es admisible la reducción de una quinta parte de la plantilla con ese nivel de actividad y ventas”.

El tribunal es muy claro e insiste en que los datos económicos y productivos “nos conducen a estimar que la empresa a comienzos del año 2020 se encontraba en una senda productiva positiva, con liquidez y apoyo económico suficiente, sin plantearse ningún despido, incluso mantenía una bolsa importante de contrataciones temporales. La extinción de los contratos se suscita por las previsiones de ventas y el futuro incierto abierto ante la pandemia. Esta es la causa real de los despidos”.

Por tanto, para el tribunal es evidente que la situación que la empresa describe “como causalizadora del despido no proviene de una coyuntura previa, sino de la generada por la pandemia”, por lo que “no podía procederse a un despido colectivo por la empresa”.

Así lo establece, recuerda la sentencia, el artículo dos del decreto ley 9/20 (el que recoge excepcionalmente que durante la pandemia no se podrá despedir por causas económicas o productivas).

La sentencia cuenta con el voto particular de una de los tres magistrados que componen le tribunal. La jueza discrepante considera que se debía haber declarado el despido colectivo como “improcedente/no ajustado a Derecho”, pero no nulo.

La magistrada recuerda que otros tribunales autonómicos han autorizado despidos a pesar del decreto 9/20 y que se espera de que el Supremo armonice doctrina sobre este asunto. La diferencia es que con los despidos nulos hay que readmitir al trabajador y con el improcedente se puede realizar el despido pagándole una indemnización.

Precisamente es en el Supremo donde acabará este caso, ya que la empresa anunció que va a recurrir al Alto Tribunal ante su “total desacuerdo” con el fallo.

En un comunicado, la dirección de la empresa explicó en que el objetivo del ERE era salvaguardar la viabilidad de PCB en el medio y largo plazo y en que “PCB lleva dando pérdidas desde 2016, para lo que puso un marcha un plan de inversión que ha sido truncado dada la crisis del sector aeronáutico y los cambios estructurales derivados, y la no recuperación del sector a niveles de 2019 hasta al menos 2025 o 2026”.

Sentencia. El tribunal estima que la situación económica y productiva de PCB no justifica los despidos y declara nulo el expediente de regulación de empleo aplicado en febrero.

Recurso. La compañía aeronáutica ITP anunció ayer que recurrirá al Supremo la anulación del ERE y asegura que los despidos garantizan la viabilidad de la compañía.