- El primer convenio colectivo sectorial en Euskadi para los trabajadores que desempeñan la labor del reparto a domicilio de los pedidos de los supermercados está a punto de materializarse tras alcanzarse un preacuerdo para el territorio de Bizkaia, que incluye la implantación de un salario mínimo de 1.200 euros mensuales y el derecho de los repartidores a la subrogación ante un posible cambio de la empresa contratada para prestar el servicio, según fuentes del sindicato ELA que calificó el acuerdo de “histórico”.

El preacuerdo ha partido de una iniciativa de ELA, que detenta el 88% de la representatividad sindical en el sector, con el objeto de regularizar la citada actividad laboral y “mejorar de forma sustancial” las condiciones laborales y salariales del colectivo que hace labores de reparto de productos a domicilio para supermercados e hipermercados.

El sindicato ELA señala que, entre otros logros, en este primer convenio se ha conseguido que se reconozca a los repartidores el derecho a la subrogación ante cambios de empresa, el citado salario mínimo de 1.200 euros mensuales, así como la inclusión de diversas cláusulas que protegen a los trabajadores frente a las últimas reformas laborales (ultraactividad indefinida y blindaje frente a la inaplicación unilateral del convenio) y limitación a la entrada de falsos autónomos en el sector.

El crecimiento del comercio por internet ha disparado esta actividad de reparto, según señala ELA, tras recordar que los hábitos de compra y consumo están sufriendo un “cambio radical” y el sector del reparto a domicilio está creciendo de manera exponencial, una situación que se ha hecho más patente aún en este contexto de pandemia. Sin embargo, denuncia que las condiciones laborales de las plantillas que prestan este servicio “distaban mucho de reflejar la importancia de su labor y los beneficios que generan a las empresas.

1.300

euros mensuales será el salario mínimo en el convenio del sector de repartidores de supermercados a domicilio. El acuerdo contempla también que se reconozca a los repartidores el derecho a la subrogación ante cambios de la empresa contratada por los supermercados para realizar el reparto y cláusulas que protegen frente a las reformas laborales (ultraactividad indefinida y blindaje frente a la inaplicación unilateral del convenio).