- El Tribunal Supremo ha acordado que los trabajadores con contratos a tiempo parcial pueden disfrutar del salario real, esto es, de la retribución “ordinaria o habitual” percibida a lo largo del año, durante su periodo de vacaciones, con el objetivo de evitar que exista discriminación.

En su sentencia, conocida ayer, la sala de lo Social estima el recurso interpuesto por la Confederación General del Trabajo (CGT) en el marco de un conflicto colectivo en la empresa Transcom, y equipara el derecho de estos trabajadores al que se garantiza a los empleados a tiempo completo.

El Supremo anula de este modo el fallo de la Audiencia Nacional, que en mayo de 2018 limitó la retribución de las vacaciones a la jornada vigente que tuviera el trabajador en el momento de su disfrute. De este modo, exponía la primera instancia, si las vacaciones coincidían “con jornada ampliada, la retribución se computa con arreglo a dicha ampliación de jornada”.

Sin embargo, si caían en otros períodos, el salario se calculaba en función de las horas fijadas por el contrato de trabajo.