madrid - El Tribunal Supremo ha confirmado la sentencia que condenaba a Miguel Blesa, por el uso de tarjetas opacas de Caja Madrid y aunque la responsabilidad penal se ha extinguido con su muerte sí se mantiene la civil y la obligación de responder por el importe desembolsado durante su mandato como presidente.

El pasado 23 de febrero Miguel Blesa fue condenado a seis años de cárcel por un delito de apropiación indebida al pago, de forma conjunta y solidaria con los 65 acusados, de los 9,3 millones de euros. Además, la sentencia le condenaba a responder de forma conjunta y solidaria con el resto de condenados de las cantidades totales dispuestas entre 2003 y enero de 2010, cuando ostentaba la presidencia de Caja Madrid.

Los magistrados explicaron que esto ha tenido lugar al declarar el recurso de casación presentado por Blesa “desierto”. Asimismo, apuntan que sus herederos no han continuado con la acción procesal y que por el “tiempo transcurrido” se debe tener este escrito “por desistido y debe declararse desierto”. De este modo, el Supremo comunicó a la Audiencia Nacional la ejecución de la sentencia, en este caso la parte relacionada con la responsabilidad civil. Este órgano judicial es quien debe comprobar si toda la cantidad defraudada ha sido repuesta y, en caso contrario, proceder a la venta de los bienes ya embargados de Blesa.

El patrimonio de blesa Según fuentes judiciales, el patrimonio de Miguel Blesa se compone de dos viviendas, una en El Pinar de La Florida, en Majadahonda, Madrid, y otro en El Escorial, también en la provincia de Madrid. Además, tenía patrimonio en entidades financieras. La residencia de La Florida fue adquirida por el banquero en 2009, antes de dejar su cargo en Caja Madrid. Aunque esta casa estuvo valorada en 2,85 millones de euros, el banquero pagó 2,1 millones al contado en dos pagos, según fuentes inmobiliarias.

responsabilidad penal Miguel Blesa se suicidó el pasado 19 de julio con un rifle de caza de su propiedad, y aunque la muerte de una persona investigada extingue su responsabilidad penal, tal y como señala el Código Penal, no la civil que la primera pueda acarrear. Si existiera dicha responsabilidad civil derivada de un delito, ésta pasa a los herederos del fallecido. La Ley de Enjuiciamiento Criminal (LeCrim) establece que “la acción penal se extingue por la muerte del culpable, pero (...) subsiste la civil contra sus herederos y causahabientes”.

De este modo, la inesperada muerte de Blesa no impedirá que sus herederos tengan que asumir la responsabilidad civil y, por lo tanto, hacer frente a las posibles indemnizaciones, a no ser que renuncien a la herencia. Miguel Blesa recurrió su condena con el argumento de que se basó en pruebas obtenidas de forma ilícita con las que se vulneró su derecho a la intimidad económica.

otros condenados El pasado 1 de noviembre, la Fiscalía Anticorrupción solicitó al Tribunal Supremo que rechazara los recursos interpuestos por los 65 acusados por el uso de tarjetas opacas de Caja Madrid, en un escrito en el que refutaba los argumentos de todos ellos.

El documento sintetizaba tres argumentos expuestos en los recursos, la ausencia de pruebas de cargo que justifiquen la condena, la impugnación de las hojas de Excel que contenían los gastos y el desconocimiento de que el uso de las visas era ilícito.

Sobre estos recursos, el Supremo indicó que continúa la tramitación de dichos recursos, y señaló que a día de hoy no está fijada la fecha para su deliberación y fallo. - Efe/E.P.

Los herederos. La muerte de Blesa no impedirá que sus herederos puedan tener que asumir la responsabilidad civil y, por lo tanto, en su caso llegar a hacer frente a las posibles indemnizaciones.