GASTEIZ. Tras su paso por el Consejo de Relaciones Laborales y demás órganos consultivos interesados, el Ejecutivo ha aprobado el calendario laboral 2016 a propuesta del consejero de Empleo y Políticas Sociales.
A efectos laborales, retribuidos y no recuperables, tendrán la consideración de días inhábiles todos los domingos del año y las festividades del 1 de enero (Año Nuevo), el 6 de enero (Epifanía del Señor), el 24 de marzo (Jueves Santo), el 25 de marzo (Viernes Santo) y el 28 de marzo (Lunes de Pascua).
También serán festivos el 25 de julio (Santiago Apóstol), el 15 de agosto (Asunción de la Virgen), el 7 de octubre (aniversario del primero Gobierno vasco), el 12 de octubre (Día del Pilar), el 1 de noviembre (Todos los Santos), 6 de diciembre (Constitución) y el 8 de diciembre (Inmaculada Concepción).
A estos doce días inhábiles, se sumarán hasta dos con carácter de fiesta local, que deben proponer los plenos de los ayuntamientos de cada municipio y remitirlas a la respectiva Delegación Territorial que por ubicación les corresponda, en el plazo de un mes desde el día siguiente a la publicación del Calendario laboral en el Boletín Ooficial del País Vasco (BOPV).