Bilbao - El Tribunal Supremo ha confirmado el criterio de la Diputación Foral de Bizkaia sobre la tributación de los servicios de distribución eléctrica de Iberdrola en un pleito mantenido con la Comunidad de Navarra. Bizkaia informó ayer de que el Supremo le notificó una sentencia en la que se confirma que los servicios de transporte y distribución de electricidad deben ser considerados genuinos servicios de transporte y tributar en el domicilio fiscal de la empresa que los presta, en este caso Bizkaia, en aplicación del Concierto Económico.

La resolución desestima un recurso que interpuso Navarra para reclamar una modificación de la tributación de Iberdrola, con domicilio fiscal en Bizkaia, como distribuidora de electricidad. La Diputación se opuso y defendió que las empresas dedicadas al transporte y distribución de electricidad deben tributar por este servicio donde radica su domicilio fiscal. - DNA