Bilbao - El Banco de España publicó ayer el borrador de circular para las cajas de ahorros y fundaciones bancarias sobre los pasos que ahora deben dar las fundaciones. En él, se establecen los plazos para completar los requerimientos de la ley y se apuntan novedades que afectan a las antiguas cajas de ahorros vascas. Pero el documento es un borrador y las entidades afectadas tienen de plazo hasta el 18 de noviembre para presentar comentarios y propuestas.

En todo caso el texto publicado ayer fija un aspecto que supondría que BBK, Vital y Kutxa tendrían un plazo de cinco años para vender de forma conjunta la mitad de sus acciones en Kutxabank o enfrentarse a la obligación de dotar de forma conjunta un fondo de reserva al que tendrían que destinar al menos el 50% de los ingresos, los dividendos del banco, hasta completarlo. Es decir, que o venden, o las respectivas Obras Sociales se verán reducidas drásticamente.

El motivo es el capítulo III del borrador difundido ayer por el banco central. En él, se fija que “las entidades que actúen de forma concertada en una misma entidad de crédito” tendrán que actuar como una sola. Y añade, que “salvo prueba de lo contrario, se presumirá la existencia de actuación concertada de las distintas fundaciones que mantengan participación en una misma entidad de crédito, en los casos en que aquellas provengan de la transformación de cajas de ahorros que hubieran suscrito en el pasado un acuerdo para la realización conjunta de su actividad financiera a través de la propia entidad de crédito participada” como es el caso de las antiguas cajas de ahorros vascas. Ese es un asunto capital. Las fundaciones con más de un 50% de las acciones de un banco están obligadas a constituir un fondo de reserva para que puedan “hacer frente a posibles necesidades de recursos propios de la entidad”, según el texto. Eso en principio afectaría solo a BBK, en el caso de las fundaciones vascas, ya que tiene un 57% de los títulos de Kutxabank -Kutxa el 32% y Vital el 11%-. Pero el capítulo III altera esa interpretación, si es que tras las alegaciones no se reescribe. El fondo de reserva limitará de forma importante las aportaciones a obra social, tanto a BBK como a las tres cajas en su conjunto si finalmente ese principio de concentración es el que se aplica. Hasta ahora se desconocía cómo se iba a fijar ese fondo, pero ayer el B. de España dio detalles. Ese fondo se calculará “aplicando un determinado coeficiente a los activos ponderados por riesgo (APRs) de la entidad de crédito”. Según el borrador, “dicho coeficiente se determina en función de la solvencia de la entidad, de si las acciones de la entidad están admitidas a negociación en un mercado secundario oficial de valores, del volumen de la participación de la fundación bancaria en la entidad y del nivel de concentración en el sector financiero de las inversiones de la fundación bancaria”.

Las fundaciones afectadas, las que controlan los bancos con sus acciones del mismo, tienen un plazo de cinco años para dotar el fondo que se fije, desde ahora. Pero, “en todo caso, hasta alcanzar el volumen objetivo requerido, la fundación bancaria deberá destinar al fondo de reserva al menos un 50% del importe recibido de la entidad de crédito participada en concepto de reparto de dividendos en efectivo”. Pero el texto especifica que “no será necesaria la constitución del fondo de reserva” si se venden las acciones hasta quedarse con menos del 50%. Para ello es necesario que las fundaciones incorporen “al plan de diversificación de inversiones un programa de desinversión en el que se especifiquen de manera detallada las medidas a adoptar” para rebajar su participación. - L. Uria