bilbao. El juez ha fallado a favor de los demandantes de la primera demanda colectiva por las subordinadas de Eroski y condena a BBVA a devolver todo el dinero invertido a los 68 afectados que presentaron la querella de la mano de Adicae. La cooperativa de supermercados queda absuelta. El titular del juzgado de lo mercantil número 1 de Bilbao, Marcos Bermúdez, considera que la entidad bancaria no informó convenientemente a sus clientes de los riesgos que conllevaba el producto, que fue comercializado como un depósito a plazo fijo cuando cabía la posibilidad de perder parte o toda la inversión. El fallo sigue la línea marcada hasta ahora por las demandas individuales, con la novedad que ordena a los afectados que devuelvan los intereses que han recibido.

En la sentencia hecha pública ayer, el magistrado anula los contratos y obliga a BBVA a reintegrar las cantidades recibidas por los demandantes, más de 1,5 millones de euros tras actualizar el valor de los depósitos, y ordena a los clientes a devolver a su vez los intereses cobrados, también con su correspondiente actualización. El fallo explora un camino diferente al del laudo de Kontsumobide, que fijó una reducción del 30% en la devolución del dinero precisamente a cuenta de los intereses que han recibido los denunciantes.

El juez Bermúdez anula los contratos porque entiende que la entidad financiera comercializó de "forma defectuosa" las subordinadas, sin informar a sus clientes de "forma clara y comprensible" de la posibilidad de perder el capital. Culpa exclusivamente al BBVA y, en cambio, considera que no queda acreditado que Eroski lanzara "una campaña publicitaria ilícita para conseguir la venta del producto de forma fraudulenta".

eroski, absuelto Al contrario, el juez sostiene que el tríptico informativo que entregaba Eroski a los inversores recoge "perfectamente" las características "esenciales" del producto, "incluidas la perpetuidad -no hay fecha prevista para el vencimiento- y la subordinación" -que implica que los titulares se sitúan al final de la cola de acreedores-.

Añade que el banco podría haberse blindado frente a acciones judiciales haciendo firmar a los clientes de las subordinadas un documento donde "se recogiese de forma clara y comprensible las características de lo que estaban comprando". No fue así y la comercialización ha quedado "viciada" por las lagunas en la información.

La sentencia se ciñe a la reclamación de los 68 denunciantes -tres de ello alcanzaron un acuerdo en la víspera del juicio- e incluso rompe a efectos prácticos el carácter colectivo de la demanda al resolver "caso por caso" la querella. No hay en definitiva un fallo universal que obligue automáticamente a todos los bancos a devolver el dinero o que siente las bases de futuras reclamaciones de otros afectados. El dato es relevante ya que 30.000 personas compraron las subordinadas de Eroski y otras 10.000 adquirieron un producto similar ligado a Fagor y la media de la inversión ronda los 20.000 euros. De este modo, las diversas entidades financieras que participaron en el lanzamiento tienen depósitos vinculados a Eroski por valor de 660 millones de euros y cerca de 185 millones con el sello de Fagor y aún estando repartidos la devolución de todos esos fondos supondría un notable esfuerzo para el emisor. A la espera de la presentación de un recurso -los servicios jurídicos de BBVA ya lo están preparando-, los bancos comercializadores mantienen invariable el esquema de las subordinadas. De hecho, Eroski pagará el próximo viernes los intereses anuales, cerca de 21 millones, unos 700 euros de media a cada inversor.

Algunas fuentes consultadas pusieron ayer el acento en la decisión del juez Bermúdez de separar las reclamaciones y anular técnicamente la demanda colectiva. Esa podría ser una de las vías a explorar en su recurso por BBVA, cuyos abogados criticaron durante el juicio la acumulación de las demandas individuales en un solo proceso, ya que cada caso tiene "sus peculiaridades" y la defensa veía "limitado" su margen de actuación.

El magistrado sostiene en cambio que todos los casos "son idénticos: mismo producto, misma dinámica de contratación y mismo perfil del contratante", todos los inversores tienen más de 60 años. Añade en relación a los conocimientos de los clientes que ninguno tiene "experiencia financiera" suficiente para conocer los riesgos de este tipo de productos. Por tanto, la falta de información es clave a la hora de juzgar las responsabilidades del banco y ni siquiera exime de culpa a la comercializadora el hecho de que algunos de los afectados tengan en su cartera de inversión depósitos de "igual o de mayor complejidad". En este punto asegura que tampoco está acreditado que no esté "viciado" el consentimiento a esos productos, lo que supone poner en tela de juicio toda la cadena de comercialización del banco.

Para Bermúdez, la declaración de directores de oficina de BBVA que testificaron durante el juicio pone de manifiesto la "falta de claridad" de la operación y en concreto destaca en la sentencia la respuesta de uno de ellos a una pregunta muy concreta: "¿Les dijo a alguno de los adquirientes que corrían el riesgo de perder todo o parte de la inversión?". "Así de claro no", contestó.

Asegura además que los comerciales del banco contestaron con "respuestas extrañamente coincidentes" sobre la información que trasladaban a sus clientes y en mucho casos manifestaron que no recordaban datos concretos sobre las contrataciones que gestionaron. A juicio del magistrado, los testimonios de los afectados son más convincentes. Según los primeros cálculos de Asociación de Usuarios de Bancos, Cajas y Seguros (Adicae), los 68 demandantes recuperarán la inversión inicial más un 4% de rentabilidad.