La Audiencia de Gipuzkoa ha confirmado la condena impuesta por un Juzgado de Primera Instancia al Banco Santander, por la que esta entidad deberá devolver a una viuda de 86 años los 40.400 euros invertidos en aportaciones de Fagor más los intereses. La resolución rechaza además el recurso presentado por el Santander contra la sentencia de Primera Instancia y estima la pretensión de la mujer de que los intereses le sean devengados desde la fecha de contratación del producto financiero, el 13 de julio de 2006, y no desde el momento en el que presentó la demanda, más de seis años después. En esta demanda, la anciana, que en la actualidad es pensionista y que había trabajado "toda su vida" como "limpiadora" y "ama de casa", alegó entre otros argumentos, que cuando contrató las aportaciones de Fagor fue convencida por un empleado de su sucursal para suscribir este producto "fruto de la confianza" que tenía en él. El Juzgado de Primera Instancia acordó la nulidad del contrato aunque situó la fecha a partir de la cual se deberían devengar los intereses en el momento de presentación de la demanda. La Audiencia de Gipuzkoa retrotrae el pago de los intereses a la fecha de contratación del producto.
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