Madrid. Los astilleros consideran que existen argumentos jurídicos, -como la carta enviada por la anterior comisaria europea de la Competencia, Neelie Kroes, afirmando que el sistema de tax lease aplicado en el Estado español no era discriminatorio a la luz de la legislación comunitaria-, para que la CE no imponga una devolución de las deducciones fiscales aplicadas en la construcción de buques antes de la apertura del expediente en 2011. En todo caso, reconocen que entrar en una judicialización del proceso, algo que las tesis del comisario Joaquín Almunia avalan al exigir a España que recupere las ayudas de los financiadores, causaría un daño irreparable a la industria naval del Estado por la incertidumbre jurídica existente que afectaría a nuevas contrataciones de buques.

El propio ministro de Industria, José Manuel Soria, reconoció que se está en riesgo de provocar una deslocalización de la industria naval española y europea a Asia.

El sector naval del Estado español discrepa de la opinión de Joaquín Almunia que afirmó, en relación a la misiva de Kroes que avalaba, ante una consulta noruega, el sistema fiscal aplicado en el Estado en la construcción de barcos, que la referida carta "no tenía validez jurídica".

Pues bien esta tesis de Almunia descalificando la opinión por escrito de su antecesora en el cargo, al considerar que no era un posicionamiento oficial de las autoridades de la Competencia, contradice abiertamente el criterio sostenido por la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea.

En particular, en una sentencia del 18 de noviembre de 2010, el Tribunal de Justicia europeo, a instancia de una empresa sueca, equipara los efectos jurídicos producidos por una carta escrita por un director de la Dirección General de Competencia de la Comisión Europea, -un cargo de rango inferior al de comisario de la Competencia, en contestación a una denuncia presentada por presuntas ayudas de Estado-, a los efectos jurídicos que se le atribuyen a una decisión de la CE.

En palabras del propio Tribunal de Justicia Europeo, "carece de relevancia sobre la calificación del acto en cuestión el que éste se satisfaga o no, determinados requisitos formales, como por ejemplo el de si ha sido denominado correctamente por su autor o si menciona las disposiciones que constituyen su fundamento legal. Igualmente carece de pertinencia, según el Tribunal, que dicho acto no sea designado como decisión". Esta sentencia europea restaría importancia al hecho de que la carta de la comisaria Kroes no fuese, según Almunia, una "decisión oficial" de la CE.

En todo caso lo que está claro es que si el comisario Almunia insiste en su última tesis de eximir, al menos sobre el papel, a astilleros y armadores de la devolución de ayudas obligando a cargar con los 2.800 millones de euros a los intermediarios financieros, estos irían a los tribunales pues tienen documentos contractuales que señalan que cualquier modificación es responsabilidad final del astillero.

En este sentido, Pymar considera que al ceder Almunia a la presión de los armadores extranjeros eximiéndoles de la devolución de las ayudas y cargar contra los financiadores "abre la puerta a una larga pugna judicial que los astilleros no podrán soportar".