BILBAO. El Boletín Oficial del País Vasco (BOPV) publica hoy la orden del consejero de Empleo y Políticas Sociales por la que se establece que el Ejecutivo autonómico mantendrá en 17,3 millones de euros la partida destinada a sufragar las AES este año.
Por territorios, los ayuntamientos vizcainos dispondrán, en total, de algo más de 10,1 millones de euros para abonar las AES, mientras que la cifra superará los 4,5 millones en el caso de Gipuzkoa y los 2,6 en el de Araba. Estas ayudas son reconocidas, denegadas y abonadas por los propios consistorios y se reparten en función de la población de los municipios.
De este modo, las tres capitales vascas concentran la mayor parte de la partida económica destinada a las AES. En el caso de Bilbao, la cantidad que le corresponde supera los 3,8 millones de euros, mientras que en el de Gasteiz rebasa los 2 millones y en el de San Sebastián pasa de 1,1 millones. Además de las capitales, destaca la cantidad que percibirá Barakaldo, cercana al millón de euros, al tratarse del cuarto municipio vasco por población.
En la orden publicada hoy en el BOPV se especifica que para este año las cuantías máximas de las AES por unidad de convivencia para gastos de alquiler tendrán un tope máximo de 250 euros mensuales, sin poder superar el 70% del precio del alquiler, en los casos de viviendas con un solo arrendatario o aquellas coarrendadas o subarrendadas con una sola unidad de convivencia solicitante.
Para gastos derivados de intereses y de amortización de créditos hipotecarios las ayudas podrán alcanzar hasta los 250 euros mensuales, sin poder superar el 70% del montante de los intereses, y para gastos de energía, agua, basura, alcantarillado y para abonar el IBI las ayudas podrán elevarse hasta los 1.110 euros anuales.
Las AES también contemplan subvenciones para la adquisición de electrodomésticos de línea blanca, hasta 1.850 euros anuales por unidad de convivencia, así como para vestido, educación, o atención sanitaria no cubierta por los servicios públicos, otros 1.850 euros anuales por unidad. Igualmente, recogen un límite de hasta 3.000 euros anuales para que la unidad convivencial beneficiaria pueda hacer frente a gastos de endeudamiento previo no relacionados con la hipoteca.