Vitoria. Los jueces se han convertido en casi el único recurso de los trabajadores frente a la voluntad unilateral del empresario, hasta el punto de que muchos magistrados ya han asumido su papel de protectores frente a la última reforma laboral. Despedir es más fácil con la nueva regulación del Gobierno de Rajoy, pero no es un camino de rosas para el empresario. Casos como el de Koyo Bearings o Celsa Atlantic (antigua Laminaciones Arregui) en la CAV, a los que se suman otra docena de ERE anulados en el resto del Estado español, demuestran que hay jueces dispuestos a dar la batalla frente a una reforma que el presidente del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, Juan Luis Ibarra, considera "un neto reforzamiento del poder individual del empresario".

Desde que entraron en vigor las nuevas reglas de juego en febrero se han disparado los ajustes en las empresas, que en su peor versión toman la forma de despidos colectivos. El número de trabajadores afectados por ERE se ha duplicado en la CAV en los siete primeros meses de 2012 respecto al año pasado, según la contabilidad del Ministerio de Trabajo, pasando de poco más de 15.000 afectados a más de 31.000. En concreto, los expedientes que conllevan despidos también han duplicado su alcance hasta afectar a casi 3.000 personas entre enero y julio. Si se toman los datos desde marzo, primer mes completo con la reforma en vigor, la brecha entre este año y 2011 todavía es mayor.

El contexto económico, marcado por una crisis que dura más de lo esperado, tiene que ver con esta estadística pero los agentes sociales entienden que el detonante no es otro que la facilidad que extiende la reforma de Mariano Rajoy para aplicar un ERE. Desde febrero no es necesario que el Ejecutivo autonómico o central dé su visto bueno a un expediente, lo que allana el terreno a los empresarios para amoldar la plantilla a sus necesidades. Eso implica que la administración no puede parar un ERE aunque considere que las causas económicas que alega una compañía -bastan con nueve meses de caída de ingresos o ventas si los niveles son inferiores a los del año anterior- no son suficientes como para tomar medidas de regulación.

"las causas no existen" La única forma de evitar que el expediente continúe adelante es llevarlo a los tribunales, una instancia en la que la maquinaria sindical juega un papel fundamental. Así lo hicieron CGT y UGT cuando la empresa de telemarketing GSS Line presentó en abril un ERE para despedir a 37 empleados en Madrid. La empresa justificó la medida por las pérdidas previstas para 2012, después de cerrar 2011 con beneficios. El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) determinó unos meses más tarde que "las causas legales y objetivas no existen", poniendo énfasis el hecho de que GSS Line estaba contratando a más personal temporal a la vez que despedía trabajadores. "Los ERE son un coste social para ayudar a empresas en crisis (...), no son ni deben ser un medio de destrucción de trabajo para generar más riqueza al empresario", sentenció el tribunal madrileño. Veredicto: ERE anulado.

A la misma conclusión llegó el TSJM al estimar una demanda por despido colectivo en la empresa Dopec. En este caso se declararon nulos una vientena de despidos al entender que Dopec, que sí acumulaba pédidas, se engloba dentro de un grupo empresarial mayor que registraba resultados que en ningún caso justificaban los despidos.

En el Estado también se han anulado despidos colectivos por no respetar el proceso de consultas con los sindicatos o por detectar los jueces irregularidades durante el mismo como abrir negociaciones individuales con los trabajadores saltando por encima del comité.

En el País Vasco, de momento se han hecho públicas dos sentencias anulando despidos colectivos, en ambos casos por vulnerar la empresa el derecho de huelga y el de libertad sindical. El TSJPV declaró nulos 13 despidos en planta bilbaína Koyo Bearings, al entender que se había discriminado a los afiliados a ELA, que habían encabezado una huelga, mientras que "el sindicato mayoritario en el comité de empresa, UGT, no se ha visto afectado en afiliado alguno", valoró el magistrado. Aunque la sentencia no entró a juzgar si concurrían o no las pérdidas económicas que alegaba la Koyo, ELA considera que el fallo demuestra que "las empresas no pueden hacer lo que quieran" amparándose en la reforma laboral. Pero el varapalo más sonado a la reforma del PP ha ocurrido esta misma semana, cuando se ha conocido el dictamen de TSJPV sobre el ERE de Celsa Atlantic para despedir a 358 empleados, presentado tras fracasar el intento de la dirección de llegar a un acuerdo con la plantilla para rebajar condiciones laborales. Los jueces han sido tajantes al considerar el despido de estos 358 empleados como una "represalia empresarial" que vulnera el derecho de huelga, declarando su nulidad.

La plantilla de la antigua Laminaciones Arregui ha celebrado por todo lo alto una sentencia que entiende debe suponer la readmisión inmediata de los 178 trabajadores que ya han sido despedidos y la negociación "real" de un plan de viabilidad. Sin embargo, hay un fleco colgando en todas las sentencias que anulan expedientes presentados entre febrero y julio, y es que los cambios legales introducidos a través de la reforma no prevén la readmisión de los afectados por un despido colectivo anulado en los tribunales -el vacío se corrigió cuando la reforma recibió el visto bueno tras pasar por el Congreso-, lo que da lugar a que algunos magistrados, como ha ocurrido en el caso de Laminaciones, dejen la decisión en manos de la empresa o en las demandas individuales interpuestas por cada despedido, que en caso de prosperar sí conllevan readmisión.

Además, las compañías que se dan de bruces con una sentencia de este tipo siempre tienen la opción de recurrirla a una instancia superior.