LUXEMBURGO. El Tribunal de Justicia de la UE confirma las decisiones de la Comisión Europea según las cuales las exenciones fiscales vascas para empresas de reciente creación son ayudas estatales incompatibles con el mercado común.
Según la sentencia, las diputaciones forales de Bizkaia, Araba y Gipuzkoa no pueden invocar la larga duración del procedimiento seguido por la Comisión porque ellas mismas contribuyeron a esta situación con su falta de colaboración y al no notificar las ayudas. Por tanto, desestiman el recurso de casación planteado por las mismas.
El TUE rechaza los principales argumentos presentados por las diputaciones forales. En primer lugar, considera que éstas "no pueden invocar la larga duración del procedimiento" seguido por el Ejecutivo comunitario para declarar ilegal este sistema fiscal porque "ellas mismas contribuyeron a esta situación con su falta de colaboración y al no notificar las ayudas".
La sentencia también rechaza el argumento según el cual Bruselas autorizó implícitamente las 'vacaciones fiscales' al no abrir ningún procedimiento formal en 1994, cuando las empresas riojanas presentaron la primera denuncia. El Ejecutivo comunitario sólo lanzó una investigación oficial en 2000, tras recibir la segunda denuncia.
"No es posible deducir del mero silencio de la Comisión que los regímenes fiscales controvertidos habían sido autorizados", dice el Tribunal. Ello significa que las diputaciones forales deberán recuperar la totalidad de las ayudas concedidas en el marco de este régimen fiscal.
MULTA
El Ejecutivo comunitario ya ha pedido al Tribunal de Luxemburgo que multe a España por no haber recuperado la totalidad de las ayudas pese a que ya hay sentencias que confirman su ilegalidad. La multa ascenderá al menos a 40 millones de euros y seguirá aumentando cada día que pase sin que se devuelvan las subvenciones.
Según las últimas estimaciones de Bruselas, el monto de las ayudas que deben recuperar las autoridades vascas es de algo más de 500 millones de euros.
AYUDAS DE LA DÉCADA DE LOS 90
Declaradas ilegales por parte de la Comisión Europea las ayudasconcedidas en la CAV durante la crisis de los noventa, lasadministraciones vascas han intentado minimizar el impacto de ladecisión de Bruselas evitando tengan que devolver el dinero recibido.
En esa línea presentaron un recurso con dos líneas argumentalesbásicas. La Comisión dio luz verde en principio al programa deincentivo a la inversión y tanto las diputaciones como las empresasdieron por cierta su legalidad. No hubo mala fe por parte de lasinstituciones vascas, pero sobre todo no se produjo ninguna actuaciónilícita desde las compañías que se beneficiaron. También aseguran lasHaciendas vascas que derogaron el programa cuando fue considerado ayudade Estado.
LARGO PROCESO JUDICIAL
En concreto, la máxima instancia judicial europea ha dictado hoy sentenciasobre una de las tres medidas vascas consideradas ilícitas porBruselas: la exención fiscal del impuesto de sociedades concedida a lasempresas constituidas en 1993 y 1994. Las otras dos -el crédito fiscaldel 45 % del importe de la inversión en activos fijos materiales nuevosy en la reducción gradual de la base imponible del Impuesto sobreSociedades aplicada desde 1995- están aún pendientes de fecha depronunciamiento. El sentido de la sentencia de hoy marcael paso de las otras dos. La decisión cierra un capítulo del largoproceso judicial sobre estas medidas, ya que contra la decisión de estetribunal no cabe recurso.