BILBAO. El sindicato ELA ha ganado una batalla en la cruzada que mantiene contra UGT-CCOO, por los intentos de estas organizaciones para financiarse aprovechando los cursos de formación e instrumentos similares. Esta semana ha sido el Tribunal Supremo el que ha dado la razón al sindicato mayoritario vasco al rechazar que las empresas que quieran contratar trabajadores puedan exigir la obligatoriedad de contar con la tarjeta de profesional de la construcción (TCP).

Esta iniciativa, que podía tener cierta legitimidad en su orígenes, iba a convertirse en un mero instrumento de financiación al servicio de los sindicatos UGT y CCOO así como de la patronal, que se habían convertido en los emisores de las susodichas tarjetas percibiendo unos ingresos por ello.

Y ello se va a terminar porque las empresas no podrán exigir la tarjeta de profesional de la construcción (TCP) para contratar trabajadores. El Tribunal Supremo ha anulado en una sentencia del 27 de octubre, dictada a instancias de un recurso de ELA, la obligatoriedad de disponer de esta tarjeta para trabajar en el sector. Esta obligación, que estaba previsto que entrase en vigor el 1 de enero de 2012, se impuso en el IV Convenio estatal de Construcción, firmado, con vigencia entre 2007 y 2011, por los citados sindicatos UGT y CCOO con las constructoras.

Para obtener la TPC, se requería un curso de formación de 8 horas mínimo en prevención de riesgos y estar trabajando o haber trabajado al menos 30 días en el sector (basta una nómina, un contrato de trabajo o la vida laboral). Su creación vino derivada de la obligación empresarial que estableció la ley de Subcontratación de 2006 de acreditar la formación de sus trabajadores en prevención de riesgos laborales.

El problema estaba en que el convenio facultaba a la Fundación Laboral de la Construcción (FCL), un órgano paritario constituido por UGT y CCOO y las patronales del sector, para expedir la tarjeta. La FCL se nutre para ello del 0,5% de la cotización de la empresa por cada trabajador y además, según ELA, de fondos públicos: 41 millones del presupuesto estatal en 2010 sin contar, en algunos casos, con los fondos públicos autonómicos, caso de Navarra. En su fallo, la sala de lo Social del Tribunal Supremo sostiene que el establecimiento de la TCP como obligatoria "vulnera el derecho al trabajo" por cuanto "no cabe descartar, sino todo lo contrario, que esa obligatoriedad se proyecte sobre las contrataciones".