madrid. La mesa de diálogo social no consiguió alcanzar un acuerdo sobre la reforma laboral y ahora el Gobierno impondrá su documento y lo deberá materializar vía decreto. Patronal y sindicatos recibieron ayer el texto definitivo. Para sacarlo adelante, el Ejecutivo confía en llegar a un acuerdo con los partidos, incluido el PP. Entre los puntos del texto, que a continuación se detallan, figura la posibilidad de que las empresas en pérdidas puedan reducir jornadas y despedir de forma procedente.
despido procedente
Pérdidas en la empresa
En cuanto a las causas objetivas de despido con indemnización de 20 días, el Gobierno incluye que será procedente cuando la empresa tenga pérdidas económicas, pero no cifra el periodo de resultados negativos sino que simplemente dice que "no sean coyunturales". Sin embargo, durante la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros, Celestino Corbacho señaló que durante las negociaciones con los agentes sociales se había planteado la posibilidad de que las empresas con pérdidas durante seis meses se pudieran acoger a la medida. Este "ejemplo", dijo Corbacho, será estudiado en los próximos días con los partidos de la oposición para su inclusión o no en el decreto de la reforma laboral que aprobará el Gobierno el próximo día 16 y que se convalidará en el Congreso el 22 de junio.
reducción de jornada
"Modelo alemán"
En cuanto al llamado modelo alemán, que busca facilitar la reducción de jornada antes que el despido; el Gobierno facilita las medidas de recorte de la jornada por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción derivadas de fuerza mayor. Así, abre esta posibilidad a todas las empresas, independientemente de su tamaño, y podrá ser de entre un 10% y un 70% de la jornada habitual. Según el borrador remitido, dicha reducción se realizará teniendo en cuenta la jornada de trabajo computada sobre la base de una jornada diaria, semanal, mensual o anual. Además, precisa que la suspensión de contratos de trabajo y la reducción no podrán tener una duración superior a un año.
fondo de capitalización
"Modelo austriaco"
El texto remitido ayer por la tarde por el Gobierno sugiere la posibilidad de crear un sistema de capitalización individual durante la vida laboral, siguiendo el ejemplo del modelo austriaco. El Gobierno pide que se le autorice para, en el plazo de un año, constituir un fondo de capitalización para los trabajadores en el que, a título personal, irá incorporando un número de días de salario (aún por determinar) por año trabajado. La intención del Ejecutivo es que el trabajador pueda hacer efectivo el abono de estas cantidades acumuladas en el fondo en caso de despido, o incluso de movilidad geográfica.
Las indemnizaciones a abonar por el empresario en caso de despido se reducirían en función del número de días que se incluyan en este fondo de capitalización. El documento no especifica si sería sólo para los casos de despido objetivo o también para el improcedente. Si el trabajador no hace líquida una parte de lo que le corresponde a la hora de abandonar el puesto de trabajo, lo puede acumular para percibirlo en el momento de la jubilación.
El Fondo no estaría operativo hasta enero de 2012 y, por lo tanto, sólo se aplicaría a los contratos indefinidos que se creen a partir de esta fecha. Ésta es la principal del novedad de texto que ha diseñado Trabajo para debatir con los partidos políticos y que no estaba en las propuestas que se pusieron sobre la mesa del Diálogo Social el miércoles por la noche, antes de la ruptura de las conversaciones con los agentes sociales.
despidos
Fogasa financiará 8 días
Hasta su entrada en vigor, el Fondo de Garantía Salarial (Fogasa) financiará ocho días en los despidos de nuevos contratos de fomento del empleo estable, con una indemnización de 33 días por año trabajado, celebrados con posterioridad a la entrada en vigor del decreto y que superen el año de antigüedad.
El documento que ha elaborado el Gobierno para reformar el mercado de trabajo limita el acceso al Fogasa a este tipo de contratos, y desecha la posibilidad de que se aplicara a cualquier contrato indefinido, tanto vigente como nuevo.
contratación
Conversión de temporal a fijo
El documento del Gobierno propone convertir contratos temporales en una misma empresa en contratos de fomento del empleo indefinido. El borrador amplía su uso a los parados que lleven más de tres meses en desempleo -hasta ahora eran seis- e incluye a los discapacitados y a aquellos que, durante los dos años anteriores a la pérdida del trabajo, hubieran tenido exclusivamente contratos temporales. Además, se amplía de seis a doce meses el periodo de prórroga en la duración de los contratos de obra o servicio, más allá de los dos años de límite que tienen establecidos. La indemnización de los contratos temporales pasará en el año 2014 de ocho a doce días por año trabajado. Para poder hacerse con un contrato fijo deberá llevar 24 meses trabajando en el grupo empresarial.
bonificaciones
Jóvenes y mayores de 45 años
Se mantienen las bonificaciones destinadas a los jóvenes desempleados entre 16 y 30 años con problemas de empleabilidad, a los mayores de 45 años, a la transformación de contratos formativos, de relevo o de sustitución en indefinidos. Para recibir las bonificaciones, las nuevas contrataciones o tranformaciones deberán suponer un incremento del nivel de empleo fijo de la empresa. Además, para ser contratado en prácticas, eleva de cuatro a cinco años el periodo máximo que puede haber transcurrido desde que el trabajador haya terminado sus estudios.
convenios
Cláusulas de descuelgue
El documento dice que las cláusulas de inaplicación de los acuerdos salariales también se podrán aplicar cuando las perspectivas de la empresa o su estabilidad económica pudiera verse dañada como consecuencia del cumplimiento del régimen salarial, afectando a las posibilidades de mantener el empleo en la misma.